Restricción vehicular por cambio de quincena

Los transportes de más de siete toneladas no pueden circular por rutas, para facilitar la circulación de turistas.

La Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires, dependiente del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, precisó que este martes se restringirá la circulación de camiones con carga de más de siete toneladas en rutas y autopistas.

La restricción rige para la Autovía 2, Rutas Provinciales 11, 36, 56, 63, 74, y Autopista Buenos Aires–La Plata, con el objetivo de “facilitar el desplazamiento vehicular y prevenir siniestros de tránsito en rutas turísticas”.

De 6 a 14 rige en sentido a la Costa Atlántica, mientras que desde las 14 a las 23.59 es sentido a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

A qué arterias afecta

Autopista Buenos Aires – La Plata, desde Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta la ciudad de La Plata; Ruta Provincial Nº 2 (AUTOVIA 2), desde km 40,5 del Ramal Buenos Aires – Mar del Plata de la Autopista Buenos Aires – La Plata hasta el Km. 400 (Camet); Ruta Provincial Nº 11, desde intersección con RP Nº 36 (Pipinas) hasta el Km. 537 (Chapadmalal); Ruta Provincial Nº 36, desde Rotonda RP Nº 10 (Prolongación Av. 66 – La Plata) hasta la intersección con RP Nº 11 (Pipinas); Ruta Provincial Nº 56, desde su intersección con la RP Nº 11 (Gral. Conesa) hasta su intersección con la RP Nº 74 (Gral. Madariaga).

También rige para la Ruta Provincial Nº 63, desde Distribuidor de Transito con RP Nº 2 (Dolores) hasta Intersección con RP Nº 11 (Esquina de Crotto); Ruta Provincial Nº 74, desde su intersección con la RP Nº 56 (Maipu) hasta su intersección con la RP Nº 11 (Pinamar).

Qué vehículos se pueden encontrar en rutas y autovías

Vialidad aclara que quedan exceptuadas de toda restricción para circular, temporaria o permanente, a los vehículos del autotransporte de cargas menores a siete toneladas de porte bruto y a los vehículos de transporte de leche cruda, sus productos derivados, y envases asociados, transporte de animales vivos, de pescado y mariscos congelados, de productos frutihortícolas, transporte exclusivo de prensa y de unidades móviles de medios de comunicación audiovisual, de atención de emergencias.

Tampoco rige para grúas/asistencia a vehículos averiados o accidentados, en el lugar del suceso o para su traslado al punto más próximo a aquel donde pueda quedar depositado, y en regreso en vacío; transporte de combustible, de gas natural comprimido y gas licuado de petróleo; transporte de gases necesarios para el funcionamiento de centros sanitarios, así como de gases transportados a particulares para asistencias sanitarias domiciliaria, en ambos casos, cuando se acredite que se transportan a dichos destinos.

Tampoco afecta al transporte de medicinas, de depósitos final de residuos sólidos urbanos y/o patogénicos, de transporte que deba circular en cumplimiento directo e inmediato de una orden judicial, transporte de sebo, hueso y cueros y cuando se oponga a disposiciones que en idéntico sentido dicte la Secretaría de Gestión del Transporte de la Nación, y/o la Comisión Nacional del Tránsito y la Seguridad Vial, y/o la Agencia Nacional de seguridad Vial, sobre una misma vía, día y horario.

Recomendaciones

“Vialidad Provincial recomienda a los conductores: circular con las luces bajas encendidas; con la V.T.V. actualizada; respetar las velocidades máximas y mínimas; colocarse el cinturón de seguridad; no sobrepasar a otro vehículo con presencia de doble línea amarilla; los niños menores de 12 años deben viajar en el asiento trasero correctamente sujetados; haber dormido y descansado antes de emprender un viaje y no beber alcohol”, concluye el comunicado.