Licencia para pilotos extranjeros: Oficializan la marcha atrás con la medida

Se trata de la medida que afecta a la reválida de licencias de pilotos extranjeros, que derivó en un conflicto con los pilotos.

El Gobierno oficializó hoy la derogación de la resolución de fecha 21 de noviembre de 2018, de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), en la que se implementaban nuevas normas para la reválida de licencias de pilotos extranjeros, y que derivó en un conflicto con los pilotos nucleados en APLA (Asociación de Pilotos de Líneas Aéreas) y UALA (Unión de Aviadores de Líneas Aéreas).

“A partir de la entrada en vigencia de la presente resolución la reválida de las licencias de pilotos emitidas en base a una licencia extranjera se regirá nuevamente por la Parte 61 de las RAAC, de acuerdo con su redacción original, previa a la emisión de la Resolución N° RESOL-2018-895-APN-ANAC#MTR. La presente medida entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial”, señala la resolución.

Así, se dio marcha atrás con una resolución de la propia ANAV que indicaba que para obtener “la Licencia de Piloto extranjera sobre la cual desea obtener la Licencia argentina de Piloto Privado, Piloto Comercial, Piloto Comercial de Primera de Avión, Piloto de Transporte de Línea Aérea, Piloto de Planeador o de Instructor de Vuelo” deberá “rendir un examen teórico de conocimientos y un examen de vuelo de pericia al nivel de la Licencia que solicita, a menos que por las circunstancias del caso pueda establecerse probadamente y con razonable certeza que el solicitante posee la pericia que se requiere para el certificado de idoneidad que solicita”.