Decretaron la emergencia hídrica en el NOA y el Litoral

La medida fue publicada hoy en el Boletín Oficial. Señala que se debe prestar una “urgente asistencia” a los damnificados.

“Declárase el “Estado de Emergencia Hídrica”, por el término de 180 días, en aquellos sectores del territorio abarcado por las regiones del Noroeste Argentino (NOA) y el Litoral de la República Argentina que determine el Consejo Nacional para la Gestión Integral del Riesgo y la Protección Civil”, señala el artículo 1 del decreto publicado hoy en el Boletín Oficial.

Advierte que “las intensas precipitaciones acaecidas en enero de 2019 fueron de una magnitud sin precedentes y superaron los registros históricos, lo cual ha ocasionado desbordes de cursos de agua en distintas regiones del país originando insuficiencias en el funcionamiento de desagües pluviales existentes, causando inundaciones en barrios cercanos a los cauces, afectación en la red de caminos y pérdidas materiales a los habitantes de las distintas regiones, incluyendo a los productores de bienes y servicios”. “La magnitud y extraordinariedad de los acontecimientos requieren que todas las áreas del Gobierno Nacional aúnen esfuerzos para brindar soluciones inmediatas y efectivas para amortiguar el impacto de los mismos en el ámbito social, económico y productivo”, apunta.

Aclara que “dichas acciones deben abarcar todo lo necesario para enfrentar la situación y paliar sus efectos negativos sobre los habitantes y sus bienes, como así también de las unidades productivas”. Es por esto que “corresponde declarar el Estado de Emergencia Hídrica, por el término de 180 días, en aquellos sectores del territorio abarcado por las regiones del Noroeste Argentino (NOA) y el Litoral de la República Argentina que determine el Consejo Nacional para la Gestión Integral del Riesgo y la Protección Civil”.

“Resulta pertinente que los distintos Ministerios y Organismos Nacionales adopten medidas conducentes a los fines de afrontar el Estado de Emergencia Hídrica que se declara por el presente decreto, prestando una urgente asistencia a los damnificados mediante acciones concretas que morigeren la situación que los aqueja”, señala otro tramo del decreto publicado este martes en el Boletín Oficial. “Del mismo modo, resulta pertinente que toda autoridad, organismo o funcionario legalmente autorizado para ejecutar obra pública, pondere la urgencia comprometida en la ejecución de los proyectos y las obras de infraestructura necesarios para prevenir y/o mitigar inundaciones y eventos climáticos extremos en las zonas declaradas en situación de emergencia hídrica en el marco de lo establecido en esta medida, procediendo a aplicar, de corresponder, las previsiones normativas de la citada Ley para los referidos supuestos”, agrega.

El Banco Nación deberá adoptar las medidas que resulten pertinentes a los fines de “preservar la continuidad de la actividad productiva y la conservación de los puestos de trabajo de los sectores afectados”, mientras que AFIP adoptará las medidas que resulten pertinentes para aquellos contribuyentes cuyo establecimiento productivo se encuentre afectado por la emergencia, siendo éste su principal actividad.

También se establecerá un régimen tarifario especial provisorio en el servicio de gas para el sector productivo de las zonas afectadas mientras dure el período de emergencia. “Invítase a las provincias afectadas en el marco de lo dispuesto en el artículo 1° de este decreto, a adoptar medidas similares a las previstas en el presente, en especial aquellas tendientes a disponer un régimen tarifario especial provisorio para los servicios de energía eléctrica, agua potable y transporte urbano para el sector productivo de las zonas afectadas mientras dure el período de emergencia”, apunta el texto que lleva las firmas de Mauricio Macr, Marcos Peña, Rogelio Frigerio, Dante Sica y Nicolás Dujovne.