Embargo de la Fragata: Cronología de los hechos


Cronología de los hechos desde el embargo de la Fragata Libertad por parte del fondo buitre NML Elliott, de Paul Singer, que regirá hasta mañana. A partir de ahí, Argentina tomará nuevas acciones.

-El 1 de octubre la Fragata Libertad entró al puerto de Tema en visita oficial acordada con el Gobierno de Ghana.

-El mismo día de la llegada se realizó una ceremonia protocolar oficial a la que asistieron autoridades civiles y militares locales, la embajadora argentina en Nigeria, concurrente en Ghana, y el cuerpo diplomático acreditado en este último país.

-El 2 de octubre, a las 20, un funcionario del Poder Judicial de Ghana se presentó en la Fragata con un oficio judicial firmado por el Juez comercial de primera instancia de Accra, Adjei Frimpong, ordenando la detención de ese buque. La medida cautelar fue solicitada a ese juez por los representantes en Ghana del fondo buitre NML Capital Limited con sede en la guarida fiscal de las Islas Cayman, titular de bonos de la deuda argentina emitidos en 1994, aunque comprados años más tarde a precio vil y en situación de cesación de pagos.

-El 3 de octubre, Timerman mantuvo una conversación telefónica con el Canciller ghanés, Alhaji Muhammad Mumuni, expresándole la honda preocupación del Gobierno argentino por el embargo decretado contra un buque de guerra de la Armada de la República Argentina y solicitándole su intervención para la liberación inmediata de la Fragata. Timerman le advirtió que el embargo resulta violatorio de las inmunidades que gozan los buques de guerra de acuerdo con el artículo 32 de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1982, de la que ambos países son partes, y de la Convención de las Naciones Unidas sobre la Inmunidad Jurisdiccional de los Estados y sus Propiedades de 2004, que refleja el derecho consuetudinario en la materia y de acuerdo con el cual un buque de guerra como la Fragata Libertad no puede ser objeto de ningún tipo de detención o embargo.

-El 4 de octubre, la Cancillería envió una nota oficial al Canciller ghanés, reiterando y destacando los conceptos vertidos durante la conversación telefónica del día anterior. Ese mismo día, el abogado Lawrence Otoo contratado para representar los derechos argentinos presentó el pedido de levantamiento del embargo trabado sobre la Fragata. Luego de una audiencia en la que se debatieron las distintas posiciones, el juez mantuvo el embargo, rechazando el pedido de levantamiento con fecha 11 de octubre. Esta última decisión judicial fue apelada por la Argentina, reiterando el rechazo de la procedencia de la jurisdicción local y reafirmando la inmunidad de jurisdicción de la Argentina en general y de la Fragata ARA Libertad en particular. La apelación sólo podrá fundarse ante el Tribunal Superior aproximadamente a fines del mes de noviembre, una vez cumplidos varios recaudos procesales específicos del derecho local y que no dependen de la voluntad argentina.

Mientras estas alternativas procesales tenían lugar, se realizaron varias gestiones político-diplomáticas:

-Entre el 16 y el 19 de octubre tuvo lugar la Misión a Accra del Vicecanciller Zuain y del Secretario de Asuntos internacionales del Ministerio de Defensa, Alfredo Forti. Los viceministros mantuvieron tres entrevistas con el canciller, dos con el Ministro de Defensa, una con el Ministro del Interior y una con el Fiscal General, así como con asesores del Presidente y otros funcionarios. Ante el pedido del vicecanciller ghanés de contar con argumentos legales para permitir la salida inmediata de la Fragata, la Cancillería argentina hizo entrega de un escrito con tres argumentos diferentes que cumplían con el derecho internacional y las leyes ghanesas.

-El 22 de octubre, las máximas autoridades de la Cancillería mantuvieron en las Naciones Unidas reuniones con el Presidente del Consejo de Seguridad, el Presidente de la Asamblea General, el Secretario General y la Consejera Legal de la Organización, con la cual coincidieron en que no existe antecedente alguno en las relaciones internacionales contemporáneas en que se haya producido el embargo y detención de un buque de guerra en un puerto extranjero. Pese a todas las gestiones realizadas, y ante la renuencia de Ghana a cumplir con sus obligaciones internacionales y levantar el ilegítimo embargo decretado sobre la Fragata, la Cancillería -por instrucciones de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner- puso en marcha el mecanismo arbitral que constituye el procedimiento de solución de controversias aplicable entre los dos países y que prevé una instancia de medidas cautelares ante el Tribunal Internacional del Derecho del Mar con sede en Hamburgo.

-El 30 de octubre se notificó al Gobierno de Ghana el sometimiento de la controversia al procedimiento de arbitraje, de conformidad con el artículo 1 del Anexo VII de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar. En la misma comunicación, el Gobierno argentino solicitó al de Ghana adoptar la medida provisional consistente en permitir sin condiciones el reabastecimiento y la salida del buque de guerra argentino de sus aguas jurisdiccionales.

-El Gobierno de Ghana tiene plazo hasta hoy, martes 13, para ordenar esa medida provisional y liberar el buque.

-De no ser así, 14 de noviembre, el Gobierno argentino demandará esa misma medida al Tribunal Internacional del Derecho del Mar, como lo dispone el artículo 290 párrafo 5 de la Convención.