En lo que fue la primera experiencia de esta nueva modalidad de juicio en la Región, el jurado dictaminó, con un total de 10 votos a favor y 2 en contra, que el hombre es “culpable” por “robo con arma cuya aptitud no pudo determinarse”.
El juicio, que se inició a las 10 y finalizó cerca de las 18, se realizó en el Tribunal Oral en lo Criminal Nº1 (TOC Nº 1) del Departamento Judicial de Lomas de Zamora. Fue presidido por el juez Fernando Bueno, quien le pidió “razonabilidad y sentido común” al jurado en el momento de reunirse para convenir un veredicto.
La defensa del Acuña Prost estuvo a cargo del abogado Lucas Bianco y el fiscal fue Guillermo Morlacchi, quien -en diálogo con Info Región- aseguró que el juicio por jurados es un “paradigma distinto, una opción válida y necesaria” en la que –agregó- se implementa un lenguaje “más llano y coloquial” para que el jurado pueda entender lo que se está explicando.
El jurado. Se compone por seis hombres y seis mujeres, además de seis suplentes. No importa qué profesión tengan, pero sí deben ser argentinos nativos o naturalizados con una residencia de por lo menos cinco años, comprender el idioma, no tener impedimentos físicos o psíquicos y no estar limitado legalmente.
Para cada juicio se seleccionan 48 personas. Lo primero que se hace es una audiencia para determinar los posibles integrantes del jurado, mediante preguntas que hacen cada una de las partes. Luego se reúnen en forma privada el juez, el fiscal y el abogado defensor y allí se plantean hasta cuatro recusaciones sin causa, por parte. Entre quienes quedan, se hace un sorteo, y salen designados los 18 integrantes del jurado.
El veredicto. Hacia el final del juicio, cuando los testigos ya declararon y las partes ya expusieron, los miembros del jurado se reúnen en una sala para debatir lo que será su veredicto. Según explicó el fiscal Morlacchi, “el jurado tiene que determinar si el imputado es culpable o no, y de qué”.
Si el delito que se juzga tiene pena perpetua, se requiere la totalidad de los votos del jurado –12- para dar veredicto de culpabilidad. En cambio, si el delito no es con pena perpetua –como en este caso-, alcanza con 10 votos.
Con nueve votos hay “veredicto estancado”; y con ocho o menos, se llega a un veredicto de no culpabilidad.
En caso de que el veredicto del jurado sea de culpabilidad, la defensa puede apelar la decisión, pero si el veredicto es de absolución (no culpabilidad), el fiscal no tiene recursos para apelar.
La condena. El juez Fernando Bueno citó a las partes a una nueva audiencia en la que –esta vez sin jurado- él va a determinar el monto de la pena. Será el jueves 16 de abril a las 10 en los Tribunales de Lomas de Zamora.