Destacan regulación sobre el uso de drones


El titular del organismo que depende del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos celebró la implementación de la disposición 20/2015, y consideró que a partir de ahora "se debe evitar la recolección de datos sensibles: aquellos que revelan origen racial y étnico, opiniones políticas, convicciones religiosas, filosóficas o morales, afiliación sindical e información referente a la salud o a la vida sexual”.

Detalles. La nueva norma, publicada esta semana en el Boletín Oficial, señala que las fotografías y videos obtenidos con un dron o Vant, como se denomina a los vehículos aéreos no tripulados, pueden implicar un importante riesgo para los derechos de la privacidad, y por lo tanto deben estar sujetos al régimen de la ley de protección de datos personales.

Las imágenes logradas por un dron que incluyan información personal deben contar con el consentimiento de la persona involucrada.

Quienes recolecten datos personales a través de drones deberán inscribir en el Registro Nacional de Bases de Datos de la DNPDP todas las bases de datos en las que se almacenen datos personales capturados por medio del uso de estos vehículos.

La norma establece que el consentimiento no será necesario cuando los datos sean recolectados de un acto público o un hecho sobre el que pueda presumirse "la existencia de un interés general para su conocimiento y difusión al público".

Tampoco será necesario el permiso cuando los videos e imágenes surjan de una fiesta o evento privado en los que el registro de imágenes responda a costumbres establecidas.

Cuando una persona utilice el dron dentro de una propiedad privada, no necesitará el permiso, siempre y cuando su uso no perjudique a terceros.

El Estado nacional no necesitará autorización cuando use drones con motivo de la atención a personas en situaciones de emergencia.