Reiteran reclamo de imputación a Cablevisión


El titular de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca), Martín Sabbatella, presentó ante la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal los fundamentos para que se revoque la decisión del juez de primera instancia e impute a estos directivos.

La presentación se realizó "debido al persistente incumplimiento del Grupo Clarín de la medida cautelar que lo obliga a respetar el ordenamiento de su grilla de canales según lo establece el art. 65 inc. 3 de la Ley Nº 26.522, y la reglamentación dictada por la Autoridad de Aplicación", se informó desde la Afsca.

El organismo recordó que fue en el año 2012 cuando un juez del fuero contencioso administrativo dictó una medida cautelar que obliga a Cablevisión a cumplir la grilla de programación establecida por la Afsca; que actualmente sigue vigente, y ha sido confirmada por la Corte Suprema al rechazar los recursos de la empresa del Grupo Clarín.

Incumplimiento. Ante el continuo incumplimiento por parte de la empresa, el juez que dictó la medida cautelar y dispuso la aplicación de una sanción económica de $2.000 por cada día de incumplimiento, que desde el 2012 hasta hoy, ya ha sobrepasado el millón de pesos de multa acumulados, que tampoco ha sido abonada por Cablevisión.

Dada la gravedad del asunto, el juzgado contencioso administrativo le dio intervención a la justicia penal, debido a que la empresa perteneciente al Grupo Clarín, no estaba cumpliendo la orden.

Ese pedido de remisión a la justicia penal fue realizado ya en dos oportunidades, pero la justicia penal sigue apañando el incumplimiento de las resoluciones por parte de la empresa Cablevisión. En tal sentido, el Fiscal Di Lello y el Juez Sebastián Ramos, rechazaron la denuncia de la Afsca argumentando la inexistencia de delito, sin fundamentos serios.

Presentación. La Afsca presentó ante la Cámara de Apelaciones los fundamentos para que se revierta la resolución de Ramos y se impute a los responsables de la empresa.

"Si se confirmara el archivo de la denuncia por inexistencia de delito, y teniendo en cuenta el contexto de incumplimientos múltiples de esta empresa a las disposiciones vigentes, estaríamos convalidando que un particular pueda ubicarse por encima de los tres poderes del Estado e incumpla una ley emanada del órgano legislativo, una orden de la autoridad administrativa de aplicación y una orden judicial", sostuvo Sabbatella.

En el escrito presentado ante la Cámara, Sabbatella insistió: "Una conclusión semejante daña seriamente las instituciones fundantes de cualquier Estado de Derecho".