Godoy fue absuelto por el crimen de Jonathan Zavala


Según resaltó a Info Región el abogado defensor, Alberto Domínguez, "los doce integrantes del jurado consideraron que es no culpable".

Juan Carlos Godoy fue absuelto por el crimen de Jonathan Alexis Zabala, un joven de 17 años que fue embestido por un auto cuando se movilizaba en motocicleta con su novia, y recibió un disparo en el cuello en 2014 en Remedios de Escalada.

La decisión fue tomada por unanimidad en el juicio por jurados que finalizó anoche en el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 4 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora.

Ayer se realizó la segunda y última audiencia del juicio. Comenzó cerca de las 9 y contó con la declaración de varios testigos. En total prestaron declaración cuatro personas que vivían en las inmediaciones de donde ocurrió el hecho, los cuales brindaron su visión de lo sucedido.

Los alegatos. Luego de un cuarto intermedio de una hora, y cerca del mediodía, comenzaron los alegatos. La primera en tomar la palabra fue la fiscal de la causa quien expuso sus argumentos por los cuáles consideraba que Godoy era culpable de “homicidio simple calificado por el uso de arma de fuego”.

Entre los principales argumentos esgrimidos señaló que “los testigos indicaron que el vehículo que chocó al joven que se trasladaba en moto junto a su novia era el mismo que poseía el acusado”, el cual “no pudo ser encontrado ya que fue vendido” porque “necesitaba el dinero”. Además le brindó preponderancia a lo expresado por la novia del joven asesinado en la audiencia del lunes.

Otro de los argumentos fue que Godoy habría confundido a Zavala “con el asesino de su sobrino, quien murió en otro hecho”.

Para la fiscal, Godoy quiso hacer “justicia por mano propia y mató a Zavala pensando que era el verdadero autor del crimen de su familiar” ya que tenían “rasgos físicos muy parecidos”. Indicó que en allanamientos realizados por la policía encontraron en la vivienda del acusado municiones de armas de fuego y un chaleco antibalas.

Por su parte, el abogado defensor Alberto Domínguez se centró en tratar de desestimar que en las pruebas presentadas por la fiscal “había cosas que no cerraban”. Aseguró que su defendido es “inocente” y que su acusación “forma parte de una cama policial que hicieron desde la comisaría de Remedios de Escalada”.

Sostuvo, en este marco, que su defendido “fue incriminado por la policía porque había pedido junto a su familia que remuevan la cúpula policial de la zona por el crimen de su sobrino”. Afirmó que “luego de las protestas contra los efectivos policiales”, fueron estos “quienes influyeron en la novia del chico asesinado a que incrimine a Godoy”.

Precisó que en su declaración la joven “tuvo contradicciones” y que “la acusación contra Godoy fue impuesta por los efectivos policiales” quienes “le mostraron una foto” e incitaron a que “la chica lo culpara”, ya que ella “no recordaba verdaderamente lo que ocurrió el día del hecho ni tampoco los detalles del agresor”.

El abogado apeló a la emotividad de los 12 jurados al señalar que Godoy llegó “libre al juicio” y que eso ocurre cuando “hay cosas que en la investigación no cierran”, por lo que instó a que eligieran “convencidos si las pruebas les cerraban” y que si tenían dudas “no podían mandar a un inocente a la cárcel”.

Luego de ello, se pasó a un cuarto intermedio y finalmente, minutos antes de las 19 se conoció el veredicto por el que se absolvió a Godoy.

La modalidad judicial. Los juicios por jurados populares comenzaron en la provincia de Buenos Aires en marzo de 2014. Para cada juicio se seleccionan 48 personas, como producto de una audiencia para determinar los posibles integrantes del jurado, mediante preguntas que hacen cada una de las partes.

Luego se reúnen en forma privada el juez, el fiscal y el abogado defensor y allí se plantean hasta cuatro recusaciones sin causa, por parte. Entre quienes quedan, se hace un sorteo, y salen designados los 18 integrantes del jurado.

Está compuesto por 12 personas, 6 mujeres y 6 hombres, y 6 suplentes. Los requisitos para ser uno de los integrantes son: ser argentino nativo o naturalizado con una residencia de por lo menos 5 años, comprender el idioma, no tener impedimentos psíquicos o físicos y no estar limitado legalmente. No podrán participar abogados, políticos electos, integrantes de fuerzas de seguridad, defensa, servicio penitenciario o seguridad privada, ni del Poder Judicial.

HPF de la redacción de Info Región.