Regulan desinfecciones y crean nuevas tasas para comercios


Los proyectos ya fueron aprobados por el Concejo Deliberante y entrarán en vigencia luego de que la Asamblea de Mayores Contribuyentes convocada para el miércoles apruebe los cambios en la Ordenanza Fiscal e Impositiva.

Registro. Para poder inscribirse en el Registro de Empresas dedicadas a la desinfección deberán abonar alrededor de 1000 pesos según consta en el expediente al que tuvo acceso Info Región. La vigencia debe ser renovada cada dos años.

Para anotarse, las empresas deberán cumplir con ciertos requisitos como tener un “local u oficina habilitada” dentro del partido, y un director técnico, que puede ser un profesional médico, farmacéutico, veterinario, ingeniero agrónomo, químico o bioquímico, entre otros.

Comercios. En cuanto a los comercios, deberán abonar una tasa de verificación anual de inspecciones que será un poco más de 1000 pesos para locales comerciales, industriales y de servicio relacionadas con productos alimenticios de consumo humano. El mismo valor será para verdulerías, panaderías, heladerías, carnicerías, despensas, autoservicios, fábrica de pastas, rotiserías, bares, confiterías, parrillas, pizzerías, teatros, hoteles, albergues transitorios, funerarias y casas velatorias.

En tanto que para clínicas privadas, establecimientos industriales (no referidos al rubro alimenticio), gimnasios y natatorios, entre otros, será de 800 pesos.

Terminales de colectivos de corta, mediana y larga distancia, concesionarias, agencias de taxis y remises, el valor de la tasa de verificación anual será de 690 pesos mientras que para talleres mecánicos y de reparaciones junto a lavaderos de autos será de 530 pesos.

Frecuencia. Pero además de la tasa de verificación, los comercios deberán contratar los servicios de las empresas anotadas en el registro. Mensualmente deberán hacerlo los dedicados a los rubros transporte público y privado de pasajeros, y de sustancias alimenticias; comercios, industrias y de servicios relacionada con la producción y distribución de productos alimenticios, entre ellas, verdulerías, supermercados, fábrica de pastas y vinerías. Asimismo, hoteles y albergues transitorios, funerarias o casas velatorios y unidades atmosféricas.

Cada dos meses tendrán que hacerlo sanatorio y clínicas, establecimientos industriales con más de 50 personas, gimnasios privados, natatorios y clubes deportivos con vestuarios, entre otros. Cada tres meses, las agencias de viajes y turismo; terminal de colectivos de corta, mediana y larga distancia; concesionarias de autos; agencias de taxis y remises y escuelas de manejo. Y una vez por año, carpinterías y aserraderos; talleres mecánicos y lavaderos de automóviles.

WS de la Redacción de Info Región