Cómo impactan las nuevas tasas a comercios e industrias


Los comercios e industrias de Lomas de Zamora tendrán cambios en las tasas que abonan al Municipio a partir de octubre. En algunos casos hay modificaciones y en otros directamente se han creado nuevos impuestos.

Puntualmente sobre las nuevas tasas, entre las principales novedades se encuentran la vuelta del llamado impuesto de “pesas y medidas” que había sido derogado en 2004 y también el relacionado a las desinfecciones.

En diálogo con Info Región los referentes de las Cámaras de Comercio e Industria de Lomas de Zamora y Banfield expresaron sus opiniones al respecto y analizaron de qué forma impactarán estas nuevas disposiciones.

Mientras que por un lado el referente de Lomas, Alberto Kahale, señaló a este medio que “los nuevos impuestos y tasas al comerciante y al industrial pequeño no los van a perjudicar en aspectos significativos”, desde Banfield, Cristian Ávila consideró que con todas las medidas que se están tomando "el comercio está en terapia intensiva".

Tasa de pesas y medidas. Una de las nuevas tasas que se crearán, según la ordenanza de la preparatoria fiscal e impositiva, es la relacionada a la instalación y verificación de pesas y medidas, una normativa que había sido derogada en 2004.

El impuesto a abonar, en este caso y en el resto, está conformado por el valor del módulo, expuesto en la ordenanza. Según consta, el valor de un módulo es de aproximadamente 10 pesos y está conformado por el 2,43 por ciento del sueldo categoría 3 de un empleado municipal, que ronda los 4400 pesos.

En este sentido, el presidente de la Cámara de Comercio de Lomas de Zamora, Alberto Kahale, opinó que “es raro que haya vuelto a implementarse luego de que haya sido derogado hace 12 años”, y advirtió que este punto “puede perjudicar al sector industrial”. Si bien aseguró desconocer el motivo del resurgimiento de este impuesto, opinó que “puede deberse a cambios en los fondos coparticipables de Provincia”.

Para Ávila, la incorporación de nuevas tasas "no hace más que perjudicar a un sector que viene muy golpeado por los tarifazos". "En lugar de tomar medidas que nos puedan dar una mano nos terminan perjudicando más", enfatizó.

Según la ordenanza los comercios que instalen balanzas, básculas, medidores de sustancias líquidas y bocas de expendio de combustible líquido o sólido deberán pagar 25 módulos, es decir aproximadamente 250 pesos por cada uno de los elementos.

Mientras que en lo referido a la inspección anual de contralor de pesas y medidas a comercios o industrias abonarán distinto, según cada caso.

Balanzas

•Por cada balanza de hasta cinco kilos: 500 pesos, es decir 50 módulos.

•Por cada balanza de más de cinco kilos: 500 pesos (50 módulos).

Básculas

•Por cada báscula de hasta una tonelada: 650 pesos (65 módulos).

•Por cada báscula de hasta cinco toneladas: 780 pesos (78 módulos).

•Por cada báscula de más de cinco toneladas: 980 pesos (98 módulos).

Medidor de sustancia líquida (excluidos surtidores de combustible)

•Hasta 10 decímetros cúbicos: 500 pesos (50 módulos)

•Hasta 50 decímetros cúbicos: 650 pesos (65 módulos).

•Más de 50 decímetros cúbicos: 780 pesos (78 módulos).

Boca de expendio de combustible

•Por cada una de las bocas: 980 pesos (98 módulos).

Registro para desinfecciones. El otro impuesto que se creará tiene que ver con el registro de empresas que estarán habilitadas para realizar desinfecciones en los locales lomenses. De esta manera, habrá rubros específicos que requerirán la realización del procedimiento de forma mensual, y otros con menor frecuencia. Esto significa que además del gasto que los comercios deberán afrontar por la desinfección, deberán tributar de forma anual a la comuna por la verificación de ese procedimiento.

Kahale, en este sentido, opinó que “esta medida es positiva” ya que “diferencia a rubros que antes estaban en igualdad de condiciones cuando en realidad formaban parte de mundos distintos”.

“Antes estaban en la misma situación un negocio de comidas que una pinturería, algo que no tenía sentido. Hay rubros que necesitan atención mensual y otros cuyo procedimiento se anualiza. Antes esto no estaba segmentado y te cobraban por metro cuadrado, pero por suerte con esta disposición y tras un pedido nuestro, quedó sin efecto”, precisó. Ávila, por su parte, señaló que este tipo de disposiciones "no beneficia a los comercios".

¿De qué se trata? Según consta en los lineamientos de la ordenanza, los comercios que deberán realizar la desinfección cada mes son los relacionados al transporte público y privado de pasajeros, como taxis, remises, transportes escolares o coches escuela. También todo local comercial, industrial y de servicio cuya actividad esté relacionada con la manufactura, elaboración, expendio, depósito y comercialización de producto alimenticio destinado al consumo humano.

También verdulerías, granjas, panaderías, heladerías, carnicerías, despensas y fiambrerías, hipermercados, minimercados, supermercados, autoservicios, fábrica de pastas, rotiserías, fábrica de sándwiches y embutidos, bombonerías, pescaderías y vinerías.

En esta disposición también están incluidos hoteles, pensiones, albergues transitorios, funerarias o casas velatorias, y unidades atmosféricas. Todos estos rubros deberán abonar por la verificación anual aproximadamente 980 pesos, es decir 98 módulos.

Los rubros que deberán realizar la desinfección cada tres meses son: sanatorios, clínicas, clínicas odontológicas, poli-consultorios privados; establecimientos industriales con más de 50 personas; gimnasios privados y similares donde se desarrollen actividades físicas; natatorios, clubes deportivos con vestuarios; establecimientos educativos privados de todos los niveles; y depósitos de chatarras, archivos de diarios y revistas, papeles, cartones, vidrios y huesos. Los antes mencionados deberán abonar por la verificación anual alrededor de 780 pesos (78 módulos).

Mientras que los que deberán hacer el procedimiento de forma semestral son las agencias de viajes y turismo, las terminales de colectivos de corta, mediana y larga distancia; todo establecimiento comercial que produzca numerosa atención al público de forma simultánea; agencias de automóviles, agencias de taxis y remises y escuelas de manejo. El valor de la verificación anual será de 650 pesos, o 65 módulos.

Por último, los rubros que deberán realizar la desinfección de forma anual y desratizar cada seis meses son: carpinterías y aserraderos; depósitos de productos no perecederos; talleres mecánicos, de electricidad y de reparaciones afines; y lavaderos de automóviles o de actividad similar. En este caso la verificación anual ante la comuna será de 500 pesos, es decir 50 módulos.

HPF de la Redacción de Info Región.