Confirmaron el procesamiento de Villalba por abuso sexual


El 20 de abril de 2017, la víctima salía de un cajero ubicado en la calle Carlos Pellegrini al 1200 cuando se cruzó con Marcelo Villalba, a quien denunció por “manosearla” de “manera intensa”. La mujer pidió ayuda a los gritos. Una policía se acercó al lugar y detuvo al imputado, que quería cruzar la avenida 9 de Julio.

Ante esa situación, Villalba negó haber tocado a la víctima pero cuando la Policía le dijo que había observado lo sucedido, sostuvo que no había querido tocarla.

Villaba fue procesado por el juez Luis Zelaya por el delito de abuso sexual simple, quién le denegó la exención de prisión tal como había planteado la Fiscalía Criminal y Correccional Nº17 a cargo de Cinthia Oberlander. La defensa apeló ambas decisiones y cuestionó la capacidad que tenía el hombre de dirigir sus acciones en ese momento.

La sala 5 de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó este martes el procesamiento de Marcelo Villalba. En la audiencia, la Fiscalía General Nº3 estuvo representada por Verónica Fernández de Cuevas, quien tuvo en cuenta la gravísima imputación que enfrenta Villalba por el abuso y homicidio de la adolescente Anahí Benítez.

La fiscalía citó las evaluaciones psicológicas y psiquiátricas realizadas por profesionales del Cuerpo Médico Forense, que no dan cuenta de una exclusión o ausencia de la capacidad sino de “cierto desmedro” lo que, de corroborarse, podría tener incidencia en una eventual pena a la que fuera condenado.

Tal como había expuesto Fernández de Cuevas, los jueces Rodolfo Pociello Argerich y Ricardo Matías Pinto tuvieron en cuenta además, el informe realizado en el marco de la causa por el femicidio de Anahí Benítez. A pedido del Juzgado de Garantías Nº4 de Lomas de Zamora, se realizó un estudio donde se concluyó que no padecía “enfermedad o trastorno mental que implique alguna perturbación en el grado de su conciencia”.

Tanto la Fiscalía como la Cámara consideraron que los distintos relatos que dio Villalba frente a la policía el día del hecho (primero tildando de mentirosa a la víctima para luego decir que había actuado sin intención) ponían en evidencia la comprensión que tenía sobre “la ilicitud del episodio”. “Su pretensión de minimizar el tocamiento permite en forma razonable desechar que no haya podido dominar sus actos”, establecieron los jueces.

En cuanto al rechazo de la exención, Fernández de Cuevas sostuvo el rechazo planteado por la fiscalía 17 y tuvo en cuenta una citación para realizar medidas de prueba que efectuó el Departamento judicial de Dolores en el marco de una causa por hurto a la cual no se presentó. Los jueces se refirieron también a la causa por el homicidio agravado por alevosía, criminis causa y violencia de género y el abuso sexual con acceso carnal donde está imputado y con prisión preventiva decretada por la justicia provincial.

“La posterior constatación en este proceso del gravísimo hecho imputado ante el Departamento de Lomas de Zamora, nuevamente por haber ejercido violencia sobre una mujer, es un factor que lleva a evaluar que no se presentará voluntariamente al proceso y que podría tomar contacto con la víctima entorpeciendo el proceso”, sostuvo la sala 5, en línea con el planteo realizado por la Fiscalía durante la audiencia.