Reforma tributaria: critican “desgravación a sectores empresarios”


El economista Claudio Lozano advirtió a Info Región que la ley 27.430 de Reforma tributaria, promulgada a fines de año, “no beneficia a los sujetos económicos de menor tamaño” y sólo contempla la situación de los sectores empresariales.

“Es sobre la base del enfoque que es característico de esta propuesta, que es que si se reducen costos laborales y gravámenes sobre las empresas vamos a tener inversión, empleo y crecimiento, algo que en todo el mundo se sabe que no funciona, menos en nuestro país”, disparó.

Si bien uno de los puntos más novedosos es el que grava la renta financiera, Lozano señaló que el peso impositivo “sigue siendo menor para el sector financiero que para el productivo”.“Le están poniendo un tope un límite del 5 y el 15 por ciento a la renta financiera, mientas que a la producción se la grava con el 35 por ciento. Entonces, siguen discriminando a favor de la renta”, indicó.

Es que, a partir de la reforma, se gravan los intereses que obtienen las personas que poseen plazos fijos y de inversión. Si son en pesos, estarán alcanzados por el Impuesto a las Ganancias en una alícuota del 5 por ciento; mientras que sin son en dólares tributarán el 15 por ciento. Deberán abonar a partir de un mínimo imponible de 66.917,91 pesos.

“Los dos problemas que tiene el sistema tributario argentino son su falta de equidad y el sesgo anti producción, es decir el beneficio al sector financiero. Esta reforma los mantiene porque no resuelve el tema de que la renta financiera tenga un gravamen similar al de la producción. La inequidad se agrava más”, denunció.

Y fustigó: “Acá hay una estrategia tributaria orientada a desgravar a los sectores empresariales más concentrados vía reducción de contribuciones patronales de manera generalizada y modificación del esquema de ganancias”.

Respecto de la reducción de los aportes patronales, el proyecto establece que las empresas no los pagarán hasta una remuneración bruta de $12.000 para 2022 (ajustado a la inflación que haya en ese entonces). Se trata de una escala que comienza el año próximo con $2.400, sigue en 2019 con $4.800, en 2020 con $7.200 y en 2021 con $9.600.

“No hay ningún tratamiento específico de los sujetos económicos de menor tamaño, sean urbanos o rurales. Tampoco respecto de formas de organización de los negocios o de la producción de carácter social, ya sea de economía social o cooperativas”, se quejó.

En otro orden el proyecto establece, para incentivar la inversión, beneficios para la reinversión de utilidades: se reduce la alícuota del impuesto a las Ganancias de 35% a 25% y se establece la devolución anticipada de saldos de IVA por las inversiones que hagan las compañías a largo plazo.

“Los grandes capitales pueden tener ganancias extraordinarias sin tener que invertir porque aprovechan la renta financiera y tienen el manejo de mercados oligopólicos o vínculos directos con la política económica y anticipan decisiones. Les generalizan una reducción de costos que por lo tanto le da ganancias en bandeja”, señaló.

Cintia Vespasiani