La querella acusó a Mangeri de matar a Ángeles para ocultar el abuso


La querella del padre de Ángeles Rawson dio ayer por acreditado que el portero Jorge Mangeri asesinó a la adolescente para ocultar un ataque sexual y pidió que se lo impute por el delito de "homicidio agravado criminis causa", que tiene una pena de prisión perpetua.

Así lo informó el abogado querellante Pablo Lanusse, durante la audiencia oral ante la Sala VI de la Cámara del Crimen que en 10 días debe definir si confirma el procesamiento y la prisión preventiva de Mangeri y resolver planteos de nulidad.

La audiencia se realizó en la sala del quinto piso de la sede de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, sobre la calle Tucumán al 1147, frente al Teatro Colón.

Mangeri no fue trasladado desde el penal de Ezeiza por decisión de su defensa, pero quien sí estuvo presente fue el padre de la víctima, Franklin Rawson, quien tenía en la solapa de su traje un prendedor con la foto de su hija asesinada.

En los 50 lugares reservados para el público se mezclaron la esposa del portero, Diana Saettone, acompañada por 10 familiares, con otros parientes y amigos que llegaron junto a Rawson, pero más allá de alguna mirada o algún murmullo, no hubo ningún tipo de cruce entre ambas familias.

El debate, con una dinámica parecida a la de un juicio oral, duró tres horas -con un cuarto intermedio de 30 minutos-, en las que las partes expusieron cuestiones netamente técnicas.

En el tramo final, cuando se trataba el auto de procesamiento de Mangeri, los camaristas Mario Filozof, Julio Marcelo Lucini y Ricardo Pinto anunciaron que las partes podían introducir toda la prueba nueva que se había generado en la causa hasta el momento.

Lanusse aprovechó para informar a la Cámara que a raíz de "las conclusiones de la nueva Junta Médica" que determinó que Ángeles tenía lesiones compatibles con un abuso sexual, la querella había solicitado ante el juez Javier Ríos que se le amplíe la indagatoria al portero y lo impute por homicidio criminis causa.

Lanusse aseguró que aquel 10 de junio "Ángeles Rawson llegó al edificio a las 9.50, pero no ingresó a su hogar".

"El señor Mangeri tenía dominio de los espacios comunes del edificio y tenía la confianza de Ángeles Rawson. Mangeri llevó a la señorita Rawson a un lugar seguro y cometió el ataque", señaló.

Al mencionar que la data de muerte fue entre las 11 y las 17, Lanusse recordó que en su última indagatoria Mangeri dijo que en ese horario estaba en su casa del octavo piso del edificio de Ravignani 2360 y afirmó que ésa fue la escena del crimen. "Estamos convencidos de que le dio muerte en su departamento", afirmó el letrado querellante.

"Ángeles Rawson presenta claras lesiones defensivas de intentar detener la agresión tortuosa que estaba recibiendo por parte del señor Mangeri", agregó el letrado.

También recordó que Mangeri presentaba "lesiones en el cuerpo" que a su entender fueron "los arañazos típicos de una víctima que está siendo sometida a una agresión sexual".

Incluso, el ex fiscal mencionó la "lesión 33" que el portero tenía a la altura de la ingle y que, según dijo, es una prueba de que "Mangeri estaba sin sus pantalones puestos".

Lanusse remarcó que "hubo un solo agresor" y afirmó que Ángeles recién pudo defenderse cuando Mangeri dejó de sujetarle las muñecas y "la estranguló con sus dos manos".

Remarcó que la Junta Médica dictaminó que Ángeles "falleció en no más de cinco minutos" y resaltó que "el ADN que dejó debajo de sus uñas identificó al autor del hecho". "

La única víctima es Ángeles Rawson, que merecía vivir, que era un sol en su casa. Una niña que está clamando justicia y pretende que Jorge Mangeri vaya a juicio oral, donde esta querella se va a encargar de que reciba la pena que se merece. Permítanle a Ángeles Rawson tener justicia y paz", dijo Lanusse emocionado.

El fiscal general Ricardo Sáenz, en representación del Ministerio Público Fiscal, mencionó que la Junta Médica detectó lesiones genitales y paragenitales "compatibles con un abuso sexual".

Por ese motivo, Sáenz planteó que la fiscalía evalúa formular "una imputación alternativa" que incluya el homicidio agravado por alevosía -como llegó a Cámara-, y el agravado por criminis causa.

"La alevosía se da cuando el autor actúa sobre seguro. En este caso, Ángeles conocía a Mangeri desde que tenía cuatro años. Perfectamente Ángeles pudo haber confiado en cualquier excusa que le dio Mangeri para llevarla a otro lugar", dijo el fiscal.

Al hablar del ADN que incriminó al portero, el fiscal remarcó que el estudio sobre la uña del dedo índice de la mano derecha de Ángeles arrojó como resultado que "sólo existe una posibilidad en 1.690 billones de que ese perfil genético no sea el de Mangeri".

Al tratar la primera nulidad, el defensor Marcelo Biondi, pidió que la Cámara declare nula esas pruebas de ADN al entender que "se violó la cadena de custodia" y que "no se podía excluir la posibilidad de una contaminación en el laboratorio" entre la sangre de Mangeri y los hisopados subungueales de Ángeles.

Sin embargo, la fiscalía y la querella rechazaron el planteo y coincidieron en que la cadena de custodia de las muestras "fue debidamente preservada" y se siguieron los protocolos.

Biondi planteó como segunda nulidad que en la madrugada del sábado 15 de junio, cuando Mangeri quedó detenido, el portero no tuvo "derechos ni garantías constitucionales" al permanecer dentro de la fiscalía por más de tres horas como sospechoso y que en su testimonial fue sometido "a una indagatoria encubierta".

El fiscal Sáenz y Lanusse respaldaron en este punto el trabajo de la fiscal de instrucción de la causa, María Paula Asaro, al asegurar que aquella noche actuó conforme a derecho y que ni la testimonial ni el acta de "autoincriminación" de Mangeri fueron utilizadas como prueba en su contra.