El Poder Ejecutivo Nacional reglamentó la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual sancionada por el Congreso el 10 de octubre último. El titular de la autoridad de aplicación, Gabriel Mariotto, manifestó su satisfacción y destacó que la Ley "es profundamente antimonopólica".
Tras conocerse la noticia, Mariotto dijo que la ley pone a los argentinos "en posibilidad de vivir en libertad de expresión" y que "por primera vez avanzaremos hacia la democratización del marco jurÃdico en la Argentina”.
El titular de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual aclaró que "la ley no orienta contenidos" y que "se inspira en la ley de Estados Unidos, de Canadá y en dictámenes de organismos internacionales de Derechos Humanos".
Mariotto reafirmó el espÃritu antimonopólico de la ley al explicar que a partir de su vigencia "quien genera contenidos, por ejemplo para televisión abierta, no podrá ser el dueño de la empresa que distribuye, porque al tener una empresa el 80 por ciento de los abonados de cable, sólo distribuye y privilegia las que genera, atentando contra la diversidad y la pluralidad".
A través del decreto 1225/2010 publicado ayer en el BoletÃn Oficial Con las firmas de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner, y del jefe de Gabinete, AnÃbal Fernández, la reglamentación consigna que fueron tomadas en cuenta opiniones y propuestas expresadas por la ciudadanÃa durante el plazo de quince dÃas establecido por la aplicación de un mecanismo participativo para la elaboración de normas.
En su artÃculo segundo, el decreto faculta a la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual a "dictar las normas complementarias y aclaratorias de la reglamentación que se aprueba por el presente decreto".
En tanto, el artÃculo tercero indica que "el presente decreto entrará en vigencia el dÃa de su publicación en el BoletÃn Oficial", es decir que comenzó a regir desde ayer.
"La Ley 26.522 busca garantizar la libertad de expresión en todas sus modalidades, promoviendo el más amplio pluralismo y diversidad de las manifestaciones que pudieran existir en la sociedad argentina", señalan los considerandos de la norma, que a la vez afirma que "estos objetivos se verÃan frustrados de no corregirse las situaciones preexistentes".
Por otro lado, la reglamentación del artÃculo 161 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual dispone que "la Autoridad de Aplicación establecerá los mecanismos de transición a los fines de adecuar la situación de la totalidad de los licenciatarios a lo dispuesto en la Ley 26.522".
En este sentido, el decreto publicado diferencia tres modalidades para esta adecuación: la voluntaria, la constatación de oficio y la adecuación por transferencia de licencias.
Por medio de la adecuación voluntaria, se posibilitará que los titulares de licencias que no cumplan con los requisitos establecidos por la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, y que las personas jurÃdicas con una cantidad mayor de licencias o una composición societaria diferentes a las permitidas, puedan "iniciar el trámite de adecuación mediante declaración jurada".
Además, según la reglamentación, en la "constatación de oficio", la Autoridad de Aplicación "podrá proceder a constatar de oficio la efectiva adecuación a las disposiciones del artÃculo 161 de la Ley 26.522 por parte de la totalidad de los licenciatarios".
En relación a la "adecuación por transferencia de licencias", el decreto divide entre "voluntarias" o "de oficio", que se emplearán en caso de que los titulares de las licencias no dieran cumplimiento a las disposiciones de la Ley y su reglamentación.