Nueva sociedad, nuevas leyes


En un acontecimiento histórico, no sólo para el mundo de la justicia sino para la vida cotidiana de los argentinos, una comisión de juristas redactó, después de 140 años, un nuevo proyecto de Código Civil y Comercial, por pedido del Poder Ejecutivo Nacional, que ya fue girado al Congreso de la Nación. La iniciativa busca adaptar el sistema jurídico a la gran cantidad de cambios sociales, culturales y económicos que acontecieron en Argentina desde que en 1869 -durante la presidencia de Bartolomé Mitre- se aprobara a libro cerrado el conjunto de normas redactado por Dalmacio Velez Sarsfield, que aún sigue vigente.

“Es imposible solucionar los problemas del siglo XXI con leyes del siglo XIX”, enfatizó la presidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner, a fines de marzo, cuando presentó el anteproyecto en Casa Rosada.

Elaborado por una comisión de cien juristas encabezada por el presidente de la Corte Suprema, Ricardo Lorenzetti, el nuevo Código contempla reformas en materia de acuerdos prenupciales, divorcio, adopción, alquiler de vientres, fertilización asistida e identidad.

En materia comercial, en tanto, uno de los cambios introducidos es la aparición de las sociedades unipersonales y una mayor protección a los consumidores.

En realidad, el proyecto de reforma lo que pretende es aunar ambos Códigos en 2.671 artículos, derogando así los 4.051 vigentes del Civil y los 506 del Comercial.

Quienes ya se mostraron a favor de la implementación de esta nueva normativa apelaron a la necesidad de un “aggiornamento” del ámbito jurídico a los tiempos que corren, teniendo en cuenta que el Código vigente fue elaborado hace casi un siglo y medio atrás y a libro cerrado.

En ese sentido, la diputada nacional de Libres del Sur Victoria Donda remarcó a este medio que “es necesario unificar la legislación ya que hay demasiadas leyes sueltas”, y consideró que “es importante la reforma”.

No obstante, el debate del proyecto aún es prematuro ya que recién este miércoles comenzó a tratarse en el Senado, donde la comisión de Asuntos Constitucionales le dio dictamen favorable a la constitución de la Comisión bicameral que deberá abocarse a su análisis, durante el término de 90 días.

“Lo que se está haciendo es adecuar un poco la realidad a la norma. Se puede discutir esta reforma por materias religiosas, principios o creencias, pero no se puede discutir que se están legislando realidades a las que, de alguna manera, hay que buscarles solución”, advirtió a Info Región el abogado Carlos Clerc, profesor titular de la cátedra de Derechos Reales de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Lomas de Zamora (UNLZ).



Sociedad posmoderna, leyes posmodernas. El debate abierto esta semana en el Congreso de la Nación pretende un objetivo ambicioso: actualizar normas que fueron dictadas hace más de un siglo a una realidad social y económica totalmente distinta a la de aquel entonces. Es que, aunque ambos Códigos han sufrido retoques a lo largo de los años, la necesidad de resumir esos cambios y de unificar ambos paquetes legales es la razón que esgrimen aquellos que impulsan la reforma.

“El punto más importante es la unificación de la legislación civil y comercial, que tiene muchísimos puntos en común y dos códigos diferenciados. Esto está muy bien orquestado en el proyecto que está sometido a las Cámaras”, resaltó Clerc, ex rector de la UNLZ. Y agregó: “La simplificación es realmente importante y también la armonización, al tratar en conjunto temas que prácticamente tienen identidad de contenidos o, por lo menos, gran similitud”.

Según estableció el Senado, el proyecto de resolución que crea la Bicameral se aprobaría en la sesión del próximo miércoles, aunque no se especificó en qué fecha quedará constituida tal comisión, que deberá estar conformada por 12 miembros, seis senadores y seis diputados. El mismo trámite tendrá que reproducirse en la Cámara baja.

Entre los principales cambios sociales, se encuentra el que pesa sobre la figura del matrimonio. En este caso, los cónyuges podrán hacer convenciones para definir el valor de sus bienes, sus deudas, las donaciones que hagan y optar por alguno de los regímenes matrimoniales previstos en el Código previo a la concreción del enlace. Podrán convenir la separación de bienes y, de lo contrario, se aplicará el régimen de comunidad, que distingue los bienes propios de los gananciales.

Sobre este punto, el senador nacional de Proyecto Buenos Aires Federal y ex Coalición Cívica, Samuel Cabanchik, consideró que “es un avance cultural”. En diálogo con Info Región, remarcó que “toda la reforma del matrimonio, entendiéndolo como un contrato civil con diversas modalidades, se ajusta perfectamente a la dinámica y a los cambios de los tiempos”.

No obstante, admitió que “quienes ven en el vínculo civil todavía la presencia del matrimonio en su sentido más clásico, no ven con simpatía estas modificaciones, como la homologación de las convivencias con los matrimonios”, al tiempo que advirtió que “ese tipo de cambio puede ser polémico para ese sector”.

El legislador se refiere a la igualdad que el matrimonio pasará a tener con el concubinato, ya que todos los pactos que las parejas realicen se inscribirán en el registro que corresponda. Podrán pactar sobre la contribución a las cargas del hogar durante la convivencia, en caso de ruptura de la pareja, y sobre la división de bienes obtenidos en caso de ruptura de la convivencia. A falta de pacto, cada uno ejerce libremente las facultades de administración, y se deben asistencia en la convivencia.

Cabanchik, que integra la comisión de Asuntos Constitucionales que se reunió el miércoles, explicó que “hoy dos convivientes, como saben que su vínculo no tiene las mismas consecuencias que un matrimonio, pueden decidir no casarse para no ingresar a lo que implica este régimen” y aclaró: “De aprobarse esto, homologados los dos vínculos, dos personas pueden elegir no convivir para no ingresar, o pueden convivir a sabiendas de que ingresan por el sólo hecho de convivir”.

En este aspecto, Clerc plantea algo interesante: “Hay que estudiar que se le otorgan derechos a los conviventes, que no necesariamente pueden estar unidos por el amor, y hay que trabajar bastante la jurisprudencia”, resaltó y defendió la medida al asegurar que “las personas van a conservar su libertad y su identidad para hacer lo que les plazca”. “Como católico me puedo consagrar a los sacramentos, como ateo no, pero sí puedo tener los mismos derechos civiles”, destacó.

Quien también defendió esta propuesta fue el diputado nacional del FpV Luis Cigogna: “Estábamos atados a conceptos del siglo XIX, que no tenían nada que ver con la realidad social actual, de que una chica y un muchacho se gustan y se van a vivir juntos. Entonces a esa convivencia hay que reconocerles derechos y obligaciones”, planteó e indicó que “es una adecuación a las normas culturales”.

Similar fue la opinión de Donda, que también aseguró que “está bien que las uniones de hecho se asemejen a las de derecho”, aunque advirtió que “hay que estudiar mejor cómo se hace más ágil este mecanismo”. “Me parece que son cambios necesarios y está bien que estén en la Ley”, expresó.

Una mirada muy negativa sobre este cambio es la de la Iglesia Católica. El padre Jorge Beigbeder, miembro de la Diócesis de Lomas de Zamora, objetó que el equiparamiento de las dos formas de unión “no alienta a proyectos de vida más estables”. El párroco manifestó su preocupación y espera, al igual que todo el Obispado argentino, que el debate previo a la votación sea “sin apresuramientos”.

Otra modificación significativa de las relaciones de derecho es que el divorcio podrá ser solicitado sin necesidad de causa alguna. La intención es terminar con los casos de divorcio con causas, ya que consideran que tiene efectos destructivos para la familia y los hijos.

A pesar de ser un cambio radical, es uno de los más consensuados, ya que para Donda es “acertado re discutir la figura del divorcio, que es necesario modificar, así como el de la adopción”.

En este aspecto, Clerc mencionó la importancia de evitar este tipo de litigios en el marco del evidente colapso de causas que atraviesan hoy los tribunales que administran justicia. “El derecho tiene que tender a ser preventivo porque hoy estamos en una crisis de judicialidad, en los tribunales de Capital y del Conurbano estamos saturados. Lo que se debe buscar es evitar el conflicto, eliminarlo es imposible, pero por lo menos disminuirlo porque esto no afecta sólo a los cónyuges, sino que termina afectando a los hijos, que se terminan poniendo de rehén. Hay que ponerle fin y tratar de buscar elementos conciliatorios para llegar a una armonía”, planteó.

“Cada uno con su criterio”, enunció el diputado Cigogna, que previó la postura negativa de la Iglesia sobre este punto y planteó que “si una persona, por sus convicciones religiosas o éticas, no concibe la vida en común si no es con el matrimonio de por medio, que se case, y si no admiten el divorcio en ninguna circunstancia, que no se divorcien”. “Lo que hace predominar el anteproyecto es la autonomía de la voluntad de las personas, y eso me parece altamente positivo”, indicó.

Por otro lado, habrá más facilidades para la adopción ya que, además de un matrimonio, lo podrá hacer una pareja de convivientes o una persona sola. A su vez, los chicos adoptados que cuenten con la edad y la madurez suficientes podrán saber sobre su origen y acceder al expediente del trámite de su adopción.

Aquí, el padre Beigbeder reconoce una virtud, ya que según él “todos los niños tienen derecho a conocer a sus padres”, aunque aclaró que en lo posible también deberían “ser criados por ellos”.

Algo realmente inédito en cuanto a paternidad y maternidad es la inclusión en el Código de artículos referidos a la fertilización asistida y la gestación por sustitución, más conocida como alquiler de vientre. En este último caso, Argentina es el primer país de Latinoamérica que incluye en sus leyes la llamada “maternidad subrogada”. Asimismo, establece las relaciones de las personas nacidas por estas técnicas, en cuestiones parentales y de herencia, por ejemplo. De igual forma, contarán con derecho a la identidad, como en el caso de la adopción.

Aquí las posturas son tajantes: mientras que feministas y expertas en derecho de familia y reproducción respaldan la introducción de esta temática, desde la Iglesia apuntan que “esto infringe el derecho a identidad de los niños”.

“Debemos derribar prejuicios, porque las nuevas posibilidades que brinda la ciencia siempre generan miedo y resistencia, por eso es necesario el debate”, señaló al portal oficial www.codigocivil.argentina.ar (donde se pueden ver los pormenores del proyecto) la psiquiatra especializada en reproducción asistida Luisa Barón.

En cambio, desde la Iglesia, Beigbeder apuntó que “la donación post mortem crea deliberadamente hijos huérfanos, y el alquiler de vientres degrada a la mujer que lo gesta”.

También criticó que “no queda claro el status o situación jurídica de los embriones no implantados en el seno materno, que tanto para la ciencia y para la Iglesia son vidas humanas, y se abre la posibilidad de atentados contra la vida de seres humanos inocentes e indefensos”.

Desde la jurisprudencia, en tanto, admitieron que “este es el tema más complejo”. “En el alquiler de vientre las consecuencias jurídicas son muchas y las situaciones fácticas también. Hoy tenemos el caso de una pareja argentina que alquiló un vientre en la India y no puede sacarlo del país por que no tiene documentos. En este punto la reglamentación debe ser muy minuciosa y contemplar toda la casuística que se pueda producir”, advirtió Clerc.



Reglas para un nuevo mercado. El anteproyecto a la Reforma incluye también varios aspectos cruciales en lo económico, dado que se actualizarán varios puntos de los 506 artículos del Código de Comercio. El más importante de ellos es el que habilita un nuevo tipo de organización para las empresas: las sociedades unipersonales.

Según manifestaron desde el Gobierno, las sociedades de un solo socio son necesarias para el desarrollo de la pequeña industria o emprendimientos, y en el sistema comercial argentino hasta el momento no figuraban.

En ese sentido, el economista Abraham Gak, director del Plan Fénix de la Universidad de Buenos Aires, remarcó a Info Región que “es algo que se modificaba formalmente en los hechos, así que pone en blanco sobre negro una situación preexistente”. En esa línea, destacó que “de esa manera, la responsabilidad de las acciones comerciales las cumple el titular real”.

Cigogna también mostró una postura positiva al considerar que “es inteligente que se pueda hablar de la sociedad unipersonal, porque cuando se crea el tema de las sociedades se buscan dos cosas: permitir que distintas personas sumen sus capitales y su esfuerzo personal, y reducir la responsabilidad patrimonial para el caso de falencias y deudas”. “Seguramente se van a abrir muchos proyectos individuales de personas que tengan otras aspiraciones”, confió el legislador.

En relación con la renovación constante de la actividad bancaria, el Código de Comercio ha quedado algo añejo. Teniendo en cuenta esto, el nuevo Código Civil y Comercial plantea su eje sobre la libertad y transparencia contractual, con reglas claras para el cliente.

Por ejemplo, todos los contratos bancarios deberán especificar la tasa de interés y cualquier otro gasto que corra por cuenta del cliente. Además, los bancos deberán comunicar periódicamente al cliente sobre la actualidad de las operaciones y el cliente contará con el derecho de rescindir sus contratos en cualquier momento.

Cabe mencionar que este punto dejó lugar a suspicacias con respecto a una posible pesificación. En muchos medios trascendió que por medio de estos contratos se buscaba pesificar la economía, lo que fue desmentido por el ministro de Justicia, Julio Alak.

“Los contratos en Argentina se hacen con la moneda circulante”, sostuvo Gak y consideró que “cuando se habla de pesificación, la gente piensa en la obligación de transformar los dólares que tiene a pesos, y no pensando en la naturaleza de los contratos”.

Así, si bien el debate recién comienza y muchos puntos traerán polémica, la sola iniciativa de poner en discusión una legislación que con el paso de las décadas ha quedado vetusta, debe comprometer a todos los sectores de la sociedad a fin de que las leyes puedan cumplir su verdadero rol: regular la vida social y económica con responsabilidad y contemplar las problemáticas actuales para poder darles una solución.



Pablo Rojas