Debate abierto


La despenalización de la tenencia de drogas volvió al centro del debate tras el fallo de la Corte Suprema Justicia de la Nación que declaró la inconstitucionalidad de un párrafo de la Ley de Estupefacientes (23.737) que castiga con hasta dos años de cárcel a quien tiene drogas para uso personal.

La resolución se basó en que este punto de la normativa vigente viola el artículo 19 de la Constitución que dice que “las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados”.

Como era de esperar, este fallo generó tanto voces a favor como en contra. Entre los que respaldaron la decisión se encuentran varias ONG’s, abogados constitucionalistas y penalistas y el Gobierno nacional. El principal argumento que destacan es que se dejará de tratar al adicto como un criminal y se los podrá ayudar mejor a combatir su adicción. También sostienen que la despenalización aliviará el trabajo de la Justicia, ya que al no abrirse tantas causas penales, se podrá poner más énfasis en la lucha contra el narcotráfico.

Entre los que se oponen al fallo están organizaciones antidrogas, la Iglesia y algunos sectores de la oposición. Para ellos, la despenalización va a alentar el consumo y sólo beneficiará a los traficantes.

Lo cierto es que a raíz de la decisión de la Corte, la ley de drogas que está vigente en el país desde hace 20 años deberá ser reformulada por lo que todas las miradas ahora apuntan al Congreso.

Esta semana ya arrancó el debate para sancionar una nueva normativa sobre el tema ya que el martes un comité de expertos que desde principio del año pasado trabaja en el tema, le presentó al jefe de Gabinete, Aníbal Fernández, y a la Cámara de Diputados un Plan Nacional de Drogas, un programa que contempla más de 30 puntos entre los que se destaca un plan integral de atención, prevención, asistencia e inclusión en el campo de las adicciones y la reforma de la ley 23.737.

Un fallo histórico. El 25 de agosto la Corte absolvió a cinco jóvenes no adictos y mayores de edad que en febrero de 2006 habían sido detenidos por la policía porque llevaban en sus bolsillos cigarrillos de marihuana. Con este fallo en el caso Arriola, el máximo Tribunal de Justicia declaró la inconstitucionalidad del segundo párrafo de la Ley de Drogas que impone una pena de un mes a dos años de prisión a quien tuviera estupefacientes en su poder para consumo personal.

El argumento de la Corte es que este punto de la normativa viola el artículo 19 de la Constitución y que no se puede castigar a quien consume si lo hace sin ostentación pública y sin afectar a terceros porque eso implica invadir la esfera de su privacidad protegida por la Carta Magna.

En este caso, los cinco jóvenes tenían en sus bolsillos tres cigarrillos de marihuana cada uno en sus bolsillos por lo que no hacían ostentación ni afectaban la salud pública o a terceros, porque se supone que los fumarían en forma privada.

El fallo fue firmado por los siete miembros del Tribunal y retoma la línea del caso Bazterrica, ya que en 1986 se había despenalizado la tenencia de droga porque según consideró la Corte en ese momento, “no se debe presumir que en todos los casos tenga consecuencias negativas para la ética colectiva”.

Sin embargo, cuatro años después el Tribunal, con nuevos integrantes, decidió en el caso Montalvo, que la tenencia de droga para consumo es delito.

Ahora el fallo que despenalizó la tenencia de estupefacientes para consumo personal abrió algunos interrogantes ya que si bien el caso Arriola cuadra con la gran mayoría de causas que se abren diariamente en la Justicia por la tenencia de pequeñas cantidades de drogas, no queda claro que pasará con las otras sustancias que no sean marihuana y cuál es el límite para considerar que es para “uso personal”.



Cuestión de interpretación. La decisión de la Corte en el caso Arriola si bien determinó la inconstitucionalidad de castigar a quien posee drogas para uso personal, no suspende los casos por tenencia que están actualmente en proceso aunque sí sienta jurisprudencia que influirá en las decisiones que tomen los tribunales inferiores, que deberán tener en cuenta los aspectos generales del fallo del máximo Tribunal de Justicia.

Sin embargo, hay dos puntos que no quedaron del todo claro: qué ocurre con otras sustancias además de la marihuana y cuál es el límite para determinar que cierta cantidad de droga es para consumo personal.

Con relación a la primera cuestión, los especialistas coinciden en que, según surge del texto del fallo, el tribunal no limita su decisión a la marihuana, sino que declara inconstitucional la norma de la ley que castiga la tenencia de estupefacientes para consumo personal.

Es que la sentencia aunque no se especifica que sea extensiva a otras drogas que no sea marihuana, tampoco excluye esa interpretación, ya que se centra en la preservación del derecho a la intimidad en cuanto a la tenencia de estupefacientes para consumo.

“La confusión vino porque el fallo se refiere a un caso en que estaba involucrada la marihuana pero no era para eso nada más, sino para cualquier droga. Se refiere a todos los estupefacientes”, remarcó el abogado y profesor de la cátedra de Derecho Penal de la Universidad Nacional de Lomas de Zamora (UNLZ), Oscar Salvadores, ante la consulta de Info Región.

En esta línea, también se manifestó el abogado constitucionalista Walter Carnota que consideró que “algunos argumentos” del fallo de la Corte “permitirían extenderlo a otras sustancias” además de la marihuana aunque advirtió que en algunos casos “se va a presentar una gran cantidad de situaciones que tiene que ver con la escala axiológica de cada juez”.

“Hay magistrados que pueden pensar íntimamente que éste es un criterio mucho más permisivo por lo que creen que hay que restringirlo por valoraciones socioculturales de ellos. O pueden al contrario pensar que es un criterio que habría que extenderlo o que habría que ser más claro”, evaluó el docente de la UNLZ y la UBA en diálogo con este medio.

La otra duda que abrió el fallo de la Corte es qué criterio se establece para afirmar que se trata de droga para consumo, es decir qué cantidades son consideradas de uso personal.

“La cantidad mínima depende de cada droga. Quince pastillas de éxtasis no es para consumo personal, dos ladrillos de marihuana tampoco. Es para consumo personal un cigarrillo, una dosis o un gramo de cocaína”, apuntó Salvadores que luego añadió que la cantidad mínima “nunca se puede saber con certeza”.

En tanto, Carnota insistió en que el fallo “ha dejado un margen de discreción a los magistrados inferiores bastante grande” por lo que “los jueces de primera instancia o las cámaras podrían ir tomando criterios muy subjetivos acerca de cuánto constituye tenencia de estupefacientes para uso personal”.

“Lo que puede ser una tenencia pequeña para alguno, puede ser mucha para otro y así sucesivamente”, explicó y enfatizó que esta cuestión “requiere de mucha más precisión que solamente la puede dar una ley del Congreso”.



Polémica abierta. Tal como se preveía, la despenalización de la tenencia de estupefacientes para consumo personal generó tanto opiniones a favor como en contra.

Los que defienden la medida resaltan que se dejará de tratar a los adictos como criminales, se descomprimirá el sistema judicial y se podrán volcar más recursos a combatir el narcotráfico. En esta línea, se manifestaron desde el Gobierno nacional como así también varias organizaciones no gubernamentales y abogados.

En diálogo con Info Región, el presidente de la Federación de Organismos No Gubernamentales de la Argentina para la Prevención y el Tratamiento del Abuso de Drogas (Fonga), Rubén González, resaltó la resolución del máximo Tribunal.

“Siempre estuvimos en la línea de la descriminalización de los adictos y los consumidores. Una persona mayor de edad en el ámbito privado sin exhibición de terceros no puede ser penalizado”, señaló.

Por su parte, Carnota también destacó el fallo porque “retoma una línea jurisprudencial que había comenzado en los 80 con la Corte de Alfonsín acerca de privilegiar o mejorar todo lo vinculado con la autonomía personal”.

En la vereda opuesta, los que cuestionan la resolución consideran que la despenalización va a alentar el consumo y no ayuda a los adictos ni a combatir el narcotráfico. En este sentido, se manifestaron algunos sectores políticos opositores, la Iglesia y organizaciones antidrogas.

“Es un genocidio. Va a aumentar la oferta, al no tener ningún tipo de penalidad la tenencia de droga, la gente se va a volcar a ganar 6 mil o 7 mil pesos por mes en vez de los 1.500 que gana en el trabajo que tiene. No ayudó al adicto sino al vendedor de droga. Eso es lo grave y lo terrible, lo que no quisieron escuchar, lo que no quisieron ver ni entender”, cuestionó el titular de la Asociación Antidrogas de la República Argentina, Claudio Izaguirre, en declaraciones a este medio.

Otras críticas señalan que con la despenalización no se soluciona el problema de la droga. Este punto fue duramente cuestionado por Salvadores ya que enfatizó que ese no es el objetivo de la sentencia de la Corte.

“He escuchado críticas que demuestran ignorar el alcance de un fallo. Sectores de la Iglesia dijeron que con esto no se solucionaba el tema de la droga y por supuesto que no se resuelve. El fallo no está para solucionar el tema de la droga porque ese no es el cometido del Poder Judicial. Es en principio del legislador y sobre todo del Poder Ejecutivo”, puntualizó.

En tanto, González si bien se mostró a favor del fallo, admitió que “con la tragedia que significa el consumo de pasta base” plantear el debate por la despenalización “pareciera que es de otro país, de otra sociedad”.

Además, pidió abrir la discusión sobre las políticas públicas de contención al adicto y de prevención que se deben llevar a cabo. “Sería bueno que se instale este debate en la sociedad y que se exija al Estado que tenga una política pública con asignación de recursos, porque si se plantea una lucha contra la drogadependencia y contra el narcotráfico pero no se lo acompaña presupuestariamente, es algo que no tiene sentido”, advirtió.



La hora del Congreso. Tras el fallo de la Corte, ahora todas las miradas están puestas en el Congreso ya que deberá reformular la normativa que el Tribunal declaró inconstitucional. El martes ya comenzó el debate en este sentido, con la presentación del Plan Nacional de Drogas que realizó un comité de expertos convocado por el Gobierno (ver recuadro).

Este programa no sólo contempla el tratamiento de una nueva ley de estupefacientes, sino medidas para combatir el narcotráfico y abordar seriamente políticas públicas de salud y prevención, tal como exigió el Tribunal.

Justamente, la creación de una nueva red asistencial es el principal reclamo de quienes trabajan de cerca el problema de la adicción en los centros de rehabilitación.

“La nueva normativa debe contemplar la promoción de la creación de una red asistencial porque la despenalización de la tenencia para consumo personal ya es un hecho desde siempre. La Ley actual no mete preso a nadie por consumir droga, lo que le genera es una causa judicial que eso es lo que va a desaparecer”, señaló González.

Asimismo, el titular de Fonga recalcó: “Hay que aprovechar este debate para instalar la idea de que se genere una red asistencial que sea promovida por el Estado y donde intervengamos todos los actores como las ONG’s, que somos en realidad los que tenemos el mayor peso de la contención de los adictos”, enfatizó.

Por su parte, el especialista de problemáticas de drogas y profesor de la Facultad de Psicología de la UBA José Barrionuevo también apuntó que “el rol del Estado será fundamental para cuidar a las próximas generaciones y la salud de la población”.

“La despenalización es un paso importante para poner en el centro del debate cuál es el problema. No son los chicos el foco de la problemática, sino quienes la producen y distribuyen. La cuestión a debatir será cómo el Estado planteará estrategias y planes de salud pública para acompañar esta primera medida que es muy positiva”, indicó.

El debate ya empezó. Como esperaban desde el Gobierno, la Corte despenalizó la tenencia de drogas para uso personal aunque éste sólo es un primer paso. Ahora la atención está puesta en la reforma a la Ley 23.737 para sancionar una nueva iniciativa para combatir con más eficacia el narcotráfico aunque, como advierten las organizaciones no gubernamentales que trabajan en el tema, también hay que elaborar un programa para ayudar y contener al adicto en un contexto en donde problemáticas como las del paco están cada vez más arraigadas en el país.



Jorge Sánchez