Una empresa de transportes indeminzará a una joven que sufrió heridas al bajar de un colectivo


Una empresa de transportes de pasajeros y una aseguradora deberán pagar en forma solidaria 125.300 pesos más intereses a los padres de una adolescente que sufrió graves heridas al descender de un colectivo, según un fallo judicial conocido hoy.

La sentencia confirmó una resolución de primera instancia y fue dictada por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil en contra de la compañía que explota la línea 179 de colectivos y la Mutual Rivadavia de Seguros.

El hecho, que causó lesiones con "secuelas irreversibles" en la pierna izquierda de una chica de 14 años, se registró en la intersección de las calles Madariaga y 29 de septiembre, en la localidad de Lanús, cuando la joven descendía del interno 33 de esa línea. Las demandadas se opusieron al monto del reclamo, con el argumento de que las lesiones no revestían gravedad, pero el tribunal recordó que la menor debió ser operada y tiene en la pierna una cicatriz de 24 centímetros.

Al reconocer el derecho de los padres a percibir la indemnización, la Sala F de la Cámara consideró el grado de "incapacidad sobreviniente" provocado a la víctima del accidente.

Los camaristas José Luis Galmarini, Eduardo Zannoni y Fernando Posse Saguier analizaron las "secuelas irreversibles" y "la prolongada convalecencia y las curaciones a que debió ser sometida" la adolescente.

La joven estuvo internada 50 días en el Hospital Pedro de Elizalde, donde se le practicaron tres injertos de piel en sendas intervenciones quirúrgicas.