Boudou apeló su segundo procesamiento


El escrito fue presentado ante la sala II de la Cámara Federal porteña por sus abogados Martín Magram y Jacobo Grossman, quienes se anticiparon a la audiencia convocada para hoy y desistieron de su derecho a exponer de manera oral ante los camaristas.

Responsabilizó a los gestores. Según fuentes judiciales, la defensa del vicepresidente argumentó que los datos consignados en la inscripción del vehículo fueron responsabilidad de los gestores, también procesados en la causa y que tanto Boudou como su entonces pareja, Agustina Seguin, resultaron víctimas de la maniobra.

Boudou pidió ser sobreseído en la causa al criticar el procesamiento dictado en su contra por el juez federal Claudio Bonadio, a raíz de constatar que se presentó un formulario 08 falso, se declaró un domicilio que no era el real, entre otras irregularidades.

El procesamiento. Bonadio procesó a Boudou como "partícipe necesario" de supuesta "falsificación de documento público".

En la causa se investiga la transferencia de un Honda CRX 1992 inscripto a nombre de Boudou con un formulario 08 falso y sin posibilidad de acreditar procedencia. El juez procesó además a Agustina Seguin y a la titular de la seccional 2 del Registro de la Propiedad Automotor y Crédito Prendario, María Graciela Taboada de Pinero.

La investigación. La denuncia de las irregularidades en los papeles fue realizada seis años más tarde de su asentamiento, en el 2009, por la titular del mismo registro donde se había radicado la transferencia, Taboada de Piñero.

El auto de procesamiento firmado por Bonadío sostiene que además del formulario 08 con la firma apócrifa de Boudou, para la transferencia se presentaron copias de su documento nacional de identidad “con un formulario 04 con su firma verdadera y un domicilio que no era el de él -que sirvió para fijar la radicación del legajo en el Registro Seccional Nº 2 de esta ciudad”.

El formulario 08 fue vendido por el mismo registro donde quedó asentada la transferencia aunque sus responsables no pudieron informar quien fue el adquirente.

Bonadio también aseguró en su resolución que el motor del vehículo “no era el original de fábrica, cuyos papeles no demostrarían su titularidad ante el Registro, y sin haber efectuado la obligatoria verificación policial”.

Según la documentación presentada al Registro 2, el vendedor fue Cayetano Campione, a través del gestor Omar Opissi y la escribana María Luis Cabrera como certificante de las firmas. Pero tras la muerte del anterior propietario, sus deudos desconocieron la venta del rodado aunque aclararon que lo había entregado a una concesionaria en 1993 como parte de pago de otro vehículo.