Tenía 200 gramos de marihuana y será enjuiciado


La Sala II de la Cámara Federal confirmó el procesamiento del imputado dictado en primera instancia por el juez Sebastián Ramos al no hacer lugar a la apelación interpuesta por el defensor oficial Juan Hermida quien había cuestionado la calificación legal y la requisa que posibilitó el secuestro de la droga.

Los camaristas Horacio Cattani, Eduardo Farah y Martín Irurzun señalaron que de los dichos del imputado en su indagatoria "no se desprende de su versión que la tenencia fuera estrictamente para su consumo individual" y, además, "tampoco se secuestraron junto a los estupefacientes elementos habituales para su consumo".

En ese sentido los magistrados añadieron que ante "la ausencia de pieza de convicción alguna que respalde lo declarado y la cantidad de material habido en su poder conducen a descartar, de momento, que la finalidad de dicha tenencia fuera inequívocamente para su consumo personal".

Hermida también había reclamado la nulidad de la requisa ya que el joven fue interceptado en la vía pública, el 24 de septiembre de 2013, por que "manipulaba un elemento que presurosamente guardó entre sus ropas al advertir la presencia del móvil policial y de inmediato aceleró su marcha".

Para el defensor oficial ello no constituía el "estado de sospecha" que habilite la requisa sin orden judicial pero los camaristas afirmaron que esta no es "la etapa procesal" para resolver esa cuestión "sino la del eventual debate de acuerdo al panorama más completo que allí se colecte".

El artículo 14 de la ley 23737 establece que "será reprimido con prisión de uno a seis años y multa el que tuviere en su poder estupefacientes", en tanto la Corte Suprema estableció que cuando "surgiere inequívocamente" que es para consumo personal y no afecta a terceros, la conducta no es punible.