Procesaron a Menem y Cavallo por la venta del predio de La Rural


La Cámara Federal porteña procesó ayer al ex presidente Carlos Menem por la venta de predio de la Sociedad Rural en Palermo, a "precio vil" cuatro veces inferior al de mercado, en 1991.

Menem quedó imputado por el delito de peculado previsto en el artículo del Código Penal, que pena de dos a diez años de prisión al funcionario público que "sustrajere caudales o efectos" cuya administración le hubiera sido confiada en razón de su cargo.

En un fallo de la Sala II, el tribunal revocó el sobreseimiento del ex presidente y ordenó al juez que fije un embargo sobre sus bienes, al tiempo que confirmó el procesamiento del ex ministro de Economía, Domingo Cavallo, por idéntico delito.

"Las pruebas reunidas indican que todos los imputados tomaron parte en una operación ideada conjuntamente, mediante la cual se sorteó la necesaria intervención del Congreso de la Nación -y de entes cuya opinión no fue requerida- y se acordó un precio vil para la enajenación", señala el fallo firmado por los camaristas Horacio Cattani, Martin Irurzun y Eduardo Fara.

Los peritos tasadores de la Corte Suprema de Justicia concluyeron que al momento de la cesión del predio palermitano a la Sociedad Rural, que hasta entonces lo arrendaba, el valor piso que correspondía asignar a los terrenos era de 131.800.000 pesos/dólares.

El traspaso aprobado por Menem mediante el decreto 2699 del 20 de diciembre de 1991 fijó el valor en 30 millones de dólares, firmándose ese mismo día el boleto de compra-venta, y la hipoteca según la cual se abonarían diez millones al inicio y el resto en diez cuotas anuales, iguales y consecutivas de dos millones de dólares.

Dicha tasación fue elaborada en solo once días por Juan Insua, Raúl Angelini, Ricardo Schapiro y Juan Carlos Raco, funcionarios del Rubro Inmuebles del Banco Ciudad a pedido del director de la Comisión Venta Inmuebles Estatales, Gastón Figueroa Alcorta.

Los camaristas recordaron que en el expediente otros funcionarios del área legal ponderaron el precio en un mínimo de 60 millones, pero en todos los casos el decreto presidencial eludió que el tema fuera tratado en el Congreso mediante una ley especial.

Los jueces Cattani, Irurzun y Farah consideraron en su resolución que el acto donde se aprobó la venta del Predio Ferial de Palermo -decreto n° 2699 del 20 de diciembre de 1991-"resulta un eslabón más de todos los demás hechos que, con acierto, se entendieron constitutivos de una maniobra delictiva urdida con el propósito de sustraer al bien del patrimonio estatal (art. 261, primer párrafo, del CP)".

El fallo confirmó también el procesamiento y embargo de Cavallo con la misma responsabilidad que Menem y de Matías Ordóñez, Gastón Figueroa Alcorta; Eduardo De Zavalía, Juan A. Ravagnan, Juan M. Insua, Raúl O. Angelini, Ricardo I. Schapiro, Jorge Frost, Carlos A. Ratto y Daniel I. Ivakhoff, involucrados en la maniobra con diverso grado de participación.