Ya es ley la figura del arrepentido para casos de corrupción


De esta manera, la Cámara de Diputados aceptó los cambios que introdujo el Senado al texto que la Cámara baja había sancionado semanas atrás y que busca reducir las penas a toda persona imputada que brinde información comprobable sobre casos de corrupción.

De acuerdo al texto, en ningún caso el arrepentido podrá acceder a la eximición de prisión y sólo podrá acogerse al beneficio en caso de que la información que proporcione esté referida a delitos tipificados, con una pena igual o mayor a la suya.

En tanto, si el arrepentido tuviera una pena de reclusión perpetua, la reducción no podrá ser mayor a 15 años.

También, establece que el acuerdo de colaboración se celebrará exclusivamente entre el fiscal y las personas que brinden información, y no aplicará para los casos que se investiguen delitos de lesa humanidad.

Cambios. Entre las modificaciones que introdujo el Senado, se encuentra el artículo que establece que el plazo límite para ejercer el derecho a arrepentirse sea la elevación a juicio oral de la causa.

Otro de los artículos que se agregó establece que el arrepentido puede acogerse a ese beneficio en un proceso penal del que es parte, y señalando a personas con su misma responsabilidad o mayor.

Asimismo, el proyecto establece que sólo podrá referirse a situaciones de las que estuvo involucrado y nunca a declaraciones de terceros.

Si bien la figura del "arrepentido" ya estaba prevista en casos como el narcotráfico, el proyecto incluye también la asociación ilícita, la corrupción y delitos contra el Código Aduanero.