Impiden el ingreso de residuos tóxicos en la Provincia

El gobierno reglamentó la normativa sobre residuos que presenten la característica 9 H12 Ecotóxicos.

daniela vilar

El gobierno de la provincia de Buenos Aires reglamentó hoy la prohibición de ingresar residuos tóxicos al territorio, que comprende a aquellas sustancias que, si se liberan, tienen o pueden tener efectos adversos inmediatos o retardos en el medio ambiente, debido a la bioacumulación o los efectos tóxicos en los sistemas bióticos.

Según se informó oficialmente, esto incluye a, por ejemplo, las cenizas que genere el tratamiento de residuos ecotóxicos y a los barros desecados resultantes de procesos industriales o de plantas de tratamiento de efluentes líquidos.

Mediante una Resolución publicada en el Boletín Oficial, el Ministerio de Ambiente, a cargo de Daniela Marina Vilar, se dejó establecido en el artículo 2 de la norma que” se considerarán tóxicas, quedando prohibido su ingreso al territorio de la provincia, aquellas sustancias comprendidas que presenten la característica 9 H12 Ecotóxicos: sustancias o desechos que, si se libera, tienen o pueden tener efectos adversos inmediatos o con retardos en el medio ambiente, debido a la bioacumulación o los efectos tóxicos en los sistemas bióticos, según la clasificación Clase de las Naciones Unidas”.

Se consignó que el contenido del listado es de carácter enunciativo, pudiendo, la Autoridad de Aplicación, considerar incluida alguna sustancia y/o característica que sin perjuicio de no conformar los mencionados listados, sea considerada por este Ministerio “como tóxico bajo resolución fundada”. “Las cenizas que se obtengan como resultado del tratamiento de residuos que posean características de ecotóxicos de acuerdo a lo estipulado en este artículo, confinadas, contenidas o inmovilizadas bajo cualquier sistema, quedan comprendidos en los términos de la presente resolución”, se indicó.

Los residuos que deberán ser analizados antes de ingresar al territorio bonaerense son:

  • Desechos resultantes de la producción y preparación de productos farmacéuticos
  • Desechos de medicamentos y productos farmacéuticos para la salud humana y animal
  • Desechos resultantes de la producción, preparación y utilización de biocidas y productos fitosanitarios
  • Desechos resultantes de la fabricación, preparación y utilización de productos químicos para la preservación de la madera
  • Desechos resultantes de la producción, la preparación y la utilización de disolventes orgánicos
  • Desechos que contengan cianuros, resultantes del tratamiento térmico y las operaciones de temple
  • Desechos de aceites minerales no aptos para el uso a que estaban destinados
  • Mezclas y emulsiones de desecho de aceite y agua o de hidrocarburos y agua
  • Sustancias y artículos de desecho que contengan o estén contaminados por bifenilos policlorados (PCB), trifenilos policlorados (PCT) o bifenilos polibromados (PBB)
  • Residuos alquitranados resultantes de la refinación, destilación o cualquier otro tratamiento pirolítico
  • Desechos resultantes de la producción, preparación y utilización de tintas, colorantes, pigmentos, pinturas, lacas o barnices
  • Desechos resultantes de la producción, preparación y utilización de resinas, látex, plastificantes o colas y adhesivos
  • Sustancias químicas de desecho, no identificadas o nuevas, resultantes de la investigación y el desarrollo o de las actividades de enseñanza y cuyos efectos en el ser humano o el medio ambiente no se conozcan
  • Desechos de carácter explosivo que no estén sometidos a una legislación diferente
  • Desechos resultantes de la producción, preparación y utilización de productos químicos y materiales para fines fotográficos
  • Desechos resultantes del tratamiento de superficies de metales y plásticos
  • Residuos resultantes de las operaciones de eliminación de desechos industriales
  • Desechos que tengan como constituyente materiales y compuestos como: Metales carbonilos, Berilio, cromo hexavalente, cobre, zinc, Arsénico, Selenio, Cadmio, Antimonio, Telurio, Mercurio, Talio y Plomo
  • Compuestos inorgánicos de flúor, con exclusión de fluoruro cálcico
  • Cianuros inorgánicos
  • Soluciones ácidas o ácidos en forma sólida
  • Soluciones básicas o bases en forma sólida, Asbestos (polvo y fibras)
  • Compuestos orgánicos de fósforo
  • Cianuros orgánicos
  • Fenoles, compuestos fenólicos, con inclusión de clorofenoles
  • Éteres
  • Solventes orgánicos halogenados
  • Disolventes orgánicos, con exclusión de disolventes halogenados
  • Cualquier sustancia del grupo de los dibenzofuranos policlorados, de las dibenzoparadioxinas policloradas y compuestos organohalogenados, que no sean las sustancias mencionadas