La Cámara Federal confirmó este viernes el procesamiento del cabo primero de Gendarmería Héctor Guerrero por las lesiones gravísimas que sufrió el fotógrafo Pablo Grillo durante la represión policial en la marcha de jubilados realizada el 12 de marzo en las inmediaciones del Congreso. La resolución lleva las firmas de los jueces Eduardo Farah, Martín Irurzun y Roberto Boico.
En el fallo del Caso Pablo Grillo, los camaristas ratificaron la acusación contra Guerrero por los delitos de lesiones gravísimas y abuso de armas, ambos agravados por abuso de su función como integrante de una fuerza de seguridad. El gendarme está acusado de haber disparado una granada de gas lacrimógeno que impactó directamente en la cabeza del fotógrafo, provocándole una fractura expuesta de cráneo y hematomas intracraneales que pusieron en riesgo su vida.
Según la resolución judicial, Guerrero efectuó seis disparos con una pistola lanza gases entre las 17 y las 17.22, de manera “prácticamente horizontal” y en dirección a los manifestantes. Las imágenes incorporadas a la causa, junto con peritajes y reconstrucciones técnicas, demostraron que el disparo que hirió a Grillo fue realizado en forma directa hacia el grupo de personas que se encontraba frente al cordón policial, una modalidad considerada antirreglamentaria y altamente peligrosa.
El tribunal recordó que los manuales de uso del arma y los estándares internacionales establecen que nunca deben dispararse cartuchos de gas lacrimógeno directamente contra personas, ya que su impacto puede causar lesiones graves e incluso la muerte. En ese marco, los jueces avalaron la responsabilidad penal provisoria del gendarme y lo dejaron a un paso del juicio oral.
No obstante, el camarista Roberto Boico puso especial énfasis en la necesidad de profundizar la investigación del Caso Pablo Grillo más allá de la conducta individual del tirador. En su voto, sostuvo que corresponde avanzar sobre la cadena de mando y las órdenes impartidas durante el operativo, para determinar eventuales responsabilidades de los superiores jerárquicos que pudieron haber habilitado o tolerado el accionar cuestionado, en el contexto del uso de la fuerza estatal en manifestaciones públicas y la aplicación del denominado “Protocolo Bullrich”.