Ley de Góndolas: Todo lo que tenés que saber como consumidor

Los productos de menor precio deben estar en el sector medio de la góndola y en la primera página del sitio web. Estarán destacados con una banda que diga: “Menor precio por unidad de medida. Ley 27.545”.

Acaba de entrar en vigor la ley de Fomento de la Competencia en la Cadena de Valor Alimenticia, mejor conocida como ley de góndolas tiene el propósito de potenciar la competencia para lo que establece que una misma marca no podrá superar el 30 por ciento del espacio disponible en la góndola que comparte con productos de similares características con lo que busca evitar frenar conductas monopólicas y favorecer la competencia y la participación de más jugadores en la disputa por el consumo del público.​

Además, busca que los precios sean claros para los consumidores y que éstos puedan acceder a más productos regionales o artesanales de las micro, pequeñas y medianas empresa, productos de agricultura familiar, campesina e indígena, de la economía popular y de cooperativas y mutuales.

Promulgada bajo el número 27.545, la norma aplica sólo para los comercios con facturación mayor a 170 millones de pesos o que cuenten con más de 325 empleados con lo cualquedan excluídos los negocios de proximidad, los supermercados dirigidos por ciudadanos chinos, aunque sí incluye, al considerarlos como góndolas, a los sitios web de los establecimientos obligados que permitan realizar compras en línea.

Por el contrario, no califica de góndola a los congeladores exclusivo de una marca, islas de exhibición y exhibidores que pegados a la caja donde se cobra.

Los comercios obligados son todos los supermercados, supertiendas, autoservicios de productos alimenticios y de productos no alimenticios, cadenas de negocios minoristas, organizaciones mayoristas de abastecimientos, tipificadores-empacadores de productos perecederos y centros de compras que cumplan con los requisitos de facturación y empleo y que, además deberán salones de venta presencial al público con una superficie de comercialización igual o superior a los 800 metros cuadrados.

La ley aplica a los productos alimenticios, bebidas, productos de higiene personal y de limpieza del hogar incluidos en un listado homologado por la Secretaría de Comercio Interior.

¿Cómo deben estar los productos en la góndola?

Los productos de un proveedor o grupo empresario no pueden ocupar más del 30 por ciento de la góndola y debe haber, como mínimo, productos similares de cinco proveedores diferentes. Además, el 25 por ciento de los productos deben ser de las Pymes, cooperativas o mutuales y el 5 por ciento de los productos deben ser de empresas de agricultura familiar, campesina o indígena o de la economía popular.

En la isla de exhibición y en los exhibidores que están pegados a la caja donde se cobra, la mitad del espacio debe estar ocupado por productos de micro y pequeñas empresas nacionales, de cooperativas y de mutuales.

Los productos de menor precio deben estar en el sector medio de la góndola y en la primera página del sitio web donde se muestren los productos.

¿Qué pasa con los productos de menor precio?

Los productos de menor precio deben estar en el sector medio de la góndola y destacados con una banda colocada de manera perpendicular a la góndola que diga: “Menor precio por unidad de medida. Ley 27.545”.

Los productos de menor precio son los que tienen el precio de lista más bajo para todos los consumidores de manera constante. Para esto no se toman en cuenta las ofertas, descuentos temporales o rebajas por compra con algún medio específico de pago o por ser miembro de comunidades de clientes.

Para cumplir con esta obligación, los productos de igual categoría deben estar agrupados de manera vertical, de modo que los de menor de precio queden a la misma distancia de los extremos de la góndola y en el estante medio.

Estos son los productos comprendidos en este ítem

¿Puede haber congeladores o exhibidores exclusivos de una marca?

Sí, pero deben estar claramente identificados y diferenciados de las góndolas para evitar la confusión de los consumidores.

Además, para evitar una sobre-presentación de productos, la Secretaría de Comercio Interior puede fijar condiciones de equidad o un porcentaje máximo de espacio destinado a congeladores exclusivos en relación con el espacio de góndolas destinado a productos de igual categoría.

¿Hay excepciones para no cumplir con los límites para la exhibición de productos?

Sólo si los obligados por la ley pueden demostrar no hay en su zona la cantidad de proveedores necesaria para cumplir con las pautas de exhibición ley o que es insuficiente la provisión de las micro y pequeñas empresas nacionales, de cooperativas o asociaciones mutuales, de sectores de la agricultura familiar, campesina o indígena y de la economía popular.

¿Qué es ¨Compre MiPyme”?

Con esa leyenda deben estar destacados en las góndolas los productos de las micro y pequeñas empresas, de la agricultura familiar, campesina e indígena; de los sectores de la economía popular y de las cooperativas y asociaciones mutuales

¿Dónde puedo hacer un reclamo cuando no se cumple la Ley de Góndolas?

Podés hacerlo en el sitio de Defensa del consumidor a través de su ventanilla única para reclamos.

La Secretaría de Comercio Interior habilitará una línea telefónica gratuita y un enlace en su página web para recibir denuncias.