Los vecinos de Lanús podrán inscribir su vivienda como bien de familia

El trámite se realizará en con turno previo y en forma presencial en la sede del Centro de Atención al Vecino (CAV), de Av. Hipólito Yrigoyen 2863,

Municipalidad de Lanús

La Municipalidad de Lanús y el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires firmaron un convenio por el cual la comuna podra facilitar a los vecinos la posibilidad de realizar la afectación al régimen de protección de la vivienda, más conocido como “bien de familia”, de foma gratuita y sin tener que trasladarse hasta La Plata.

El beneficio al que se accede por intermedio de la Secretaría de Gobierno local, alcanzará a los inmuebles situados en el partido de Lanús.

Así podrán ser favorecidos el propietario, que puede designarse beneficiario a sí mismo, su cónyuge, su conviviente, sus ascendientes o descendientes. también se considerará a los parientes colaterales dentro del tercer grado, que convivan con el constituyente.

El trámite se realizará en con turno previo y en forma presencial en la sede del Centro de Atención al Vecino (CAV), de Av. Hipólito Yrigoyen 2863, lindero al Palacio Municipal, y en un sector especialmente destinado a la Dirección de Regularización Dominial.

Para acceder deberá reunirse la documentación original, atender los requisitos y solicitar turno en este enlace o comunicarse al 0800 333 5268 para consultas.

La atención es de lunes a viernes de 8 a 12.

Se podrán afectar inmuebles destinados a vivienda, sin importar su valuación fiscal, por su totalidad o hasta una parte de su valor. La existencia de una hipoteca vigente que grava el inmueble, no es obstáculo para la afectación al régimen.

En caso que la vivienda se encuentre registrada a nombre de varias personas, deberán afectarla en forma conjunta y no es necesario que los condóminos tengan vínculo familiar entre ellos. En caso que existiera usufructo sobre el inmueble, el usufructuario deberá dar su consentimiento.

Requisitos

Acreditar vínculo con los beneficiarios: el parentesco entre el titular y sus beneficiarios (esposo/a, hijos) con:

  • En caso de convivientes bastará con la manifestación del titular.
  • Fotocopia de todos los originales detallados: deberán acompañar un juego de fotocopias completo de toda la documentación.
  • Constancia de CUIL o CUIT del propietario (imprimir de la página web de la ANSES).
  • Boleta de ABL: Última boleta paga del ABL y no tener deudas con municipalidad.

Documentación requerida

  • Título de Propiedad original (Escritura de compra-venta).
  • DNI del propietario.
  • Constancia de CUIL/CUIT (de la página web de ANSES).
  • Boleta de ABL: Última boleta del ABL (no tener deudas con municipalidad)
  • Fotocopia de todos originales.

Grupo conviviente (esposos/pareja, hijos).

Puede incluirse en la protección al grupo familiar directo. Para ello debe acompañar:

  • Libreta de familia (Registro de las personas); ó en su lugar
  • Certificado/Partida de Matrimonio y de Nacimiento de hijos.
  • Fotocopia de DNI del familiar directo.
  • En caso de unión convivencial/parejas de hecho, bastará con la simple manifestación del titular.