El Gobierno nacional aprobó la reglamentación de la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad, estableciendo los procedimientos operativos para un nuevo régimen de pensiones no contributivas destinadas a personas con discapacidad. La medida fue oficializada este martes a través del Decreto 84/2026, publicado en el Boletín Oficial y firmado por el presidente Javier Milei.
La norma responde a una sentencia del Juzgado Federal de Primera Instancia de Campana, que ordenó la aplicación inmediata de la Ley 27.793 tras declarar la invalidez de un decreto previo que había suspendido su ejecución por falta de financiamiento. En ese marco, la reglamentación define los criterios de acceso a las pensiones, las condiciones de permanencia, las incompatibilidades con otros beneficios y los mecanismos administrativos y de control.
Entre los puntos centrales, el decreto incorpora la Secretaría Nacional de Discapacidad al organigrama del Ministerio de Salud, concentrando en esa cartera la política pública vinculada al sector. Según los considerandos, la decisión se apoya en una concepción integral del derecho a la salud y la protección social, que abarca dimensiones sanitarias, sociales, económicas y de acceso a derechos.
Asimismo, la norma instruye a la Secretaría Nacional de Discapacidad a convocar al Consejo Federal de Discapacidad para consensuar los criterios de evaluación socioeconómica y presentar un plan de auditorías periódicas en un plazo de 30 días. También se establece la conversión automática de las pensiones no contributivas vigentes al nuevo esquema de Pensión No Contributiva por Discapacidad para Protección Social, lo que implicará un proceso de relevamiento y verificación de las prestaciones existentes.
Por último, el decreto prevé que las medidas complementarias acordadas con el Consejo Federal de Discapacidad se implementen mediante esquemas de cooperación y cofinanciamiento entre el Estado nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo con sus competencias y disponibilidades presupuestarias. La reglamentación entró en vigencia el 3 de febrero de 2026, fecha de su dictado.