“No hay que pagar” facturas de telefonía, cable o internet con aumento, dice el ENACOM

El precio de los servicios de telefonía, cable e internet "lo regula el Estado", dijo López

El vicepresidente del Ente Nacional de Comunicaciones, Gustavo López subrayó hoy que “si llega una factura el 1° de mayo con aumento, directamente no hay que pagarla porque sacaremos una resolución con el no corte para todo el mundo” por lo que instó a los usuarios a no pagar facturas de cable, telefonía e internet si vienen con aumentos que “no están autorizados” por el Gobierno.

“En un momento de pandemia en el que están faltando camas, los mandamos a la casa y la gente tiene que estar pensando si le alcanza para pagar internet o pagar el teléfono”, indicó López quien puso de relieve que las empresas “desconocen una norma del Enacom, un decreto del Presidente”.

En ese sentido, sostuvo que las empresas “anuncian que van a cobrar 8% (de aumento) en mayo y 7% en junio, que sumado a lo que ya recibieron en el primer trimestre sería un 30% de incremento”, por lo que se aseveró: “No sé en qué mundo viven”, se indignó y recordó que el decreto 690/2020 “está vigente” y que el precio de los servicios de telefonía, cable e internet “lo regula el Estado.”

“Los privados no pueden fijar el precio libremente y no pueden, obviamente, anunciar ningún aumento que no esté autorizado”, aclaró.

Asimismo, recalcó que “salvo el Grupo Clarín, todos devolvieron el aumento no autorizado de principio de año”, y agregó que existen “demandas cruzadas” por el aumento no autorizado de enero.

“Todos los días les aplicamos multas a Clarín, ahora de $19 millones por día”, dijo, aunque aclaró que esas sanciones no se están efectivizando por lo que propuso “sacarle la pauta (publicitaria) mientras no cumpla la ley.”

“No se autorizó ningún incremento de precios”

Por su parte, el Enacom emitió un comunicado de prensa en el que informó que “no ha autorizado ningún incremento de precios para los meses de mayo o junio de 2021 en los servicios de telefonía fija, telefonía móvil, Internet o televisión paga”.

“Oportunamente, se informará cualquier aumento que se autorice. Por ese motivo, cualquier comunicación en contrario surgida de las prestadoras de servicios en la cual se haya anunciado una modificación de precios carece de valor legal y no ha sido convalidada por este Ente”, agregó el Enacom.

“Asimismo, se recuerda que las empresas que no hayan cumplido con las resoluciones que fijaron los incrementos autorizados y no hayan respetado el monto de los mismos o no hayan otorgado la Prestación Básica Universal consagrada por el Decreto de Necesidad y Urgencia 690/20 no podrán aplicar variaciones de precios a sus clientes”, concluyó el comunicado.