Consumo: más sectores deberán ofrecer la chance de darse de baja desde la red

El enlace para rescindir los servicios debe ser de acceso "fácil y directo desde la página de inicio del sitio de Internet institucional" según la norma.

Contratos de ahorro previo, plataformas de streaming, de distribución digital de contenido multimedia, tiempos compartidos y las compañías de seguros tendrán a partir del próximo lunes 60 días para sumar a sus sitios de internet un “botón de baja” para permitir que que los consumidores puedan ejercer su “facultad de rescindir los servicios oportunamente contratados, a través de la modalidad prevista en la Resolución Nº 316/18 de la ex Secretaría de Comercio y sus modificatorias“.

Así lo establece Disposición 357/2021, publicada hoy en el Boletín Oficial, por la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje del Consumo -dependiente del Ministerio de Desarrollo Productivo- que, además, recuerda las “precisiones técnicas, en cuanto a la visibilidad y el tamaño, del denominado ‘botón de baja’ para rescindir los contratos” que según se indica deber ser “fácilmente visible en las web de las empresas” y ocupar un “lugar destacado”, tal como se precisó en 2018: cuando se incluyeron rubros como telefonía fija y móvil, servicios de acceso a Internet y televisión satelital.

La disposición subraya que “considerando la conflictividad generada en el último tiempo con las empresas de contratos de ahorro previo, la Dirección Nacional considera pertinente ampliar el Anexo de la Resolución N° 316/18” que estipula las actividades alcanzadas por la norma.

En septiembre y noviembre del año pasado, se sumaron nuevos servicios a esa obligación: medicina prepaga; suscripciones a diarios y revistas, en soporte papel o digital; suscripciones de bases de datos; servicios de asistencia al viajero; emergencias médicas o traslados sanitarios de personas; asociación a clubes y gimnasios; tarjetas de crédito emitidas por empresas no bancarias y las donaciones periódicas con débito automático a asociaciones civiles.