Los productores de 13 partidos de la provincia de Buenos Aires que se vieron afectados por la sequía podrán acceder a los beneficios que otorga el Gobierno nacional para este tipo de eventos, informó el Ministerio de Desarrollo Agrario bonaerense.
La resolución alcanza a los municipios de San Pedro, Rojas, Salto, Ramallo, Junín, Arrecifes, Alberti, Chascomús, Suipacha, Lobos, San Vicente, Magdalena y Dolores, que ya habían sido declarados en emergencia agropecuaria en noviembre pasado.
“Desde el gobierno provincial, junto al Estado nacional, estamos dando una respuesta integral para acompañar y asistir a los productores afectados por estos eventos climáticos adversos, ya que no sólo se declaró la emergencia, sino que se crearon distintas herramientas como líneas de financiamiento y aportes no reintegrables”, señaló el ministro de Desarrollo Agrario provincial, Javier Rodríguez, en un comunicado.
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Entre los beneficios para los afectados se encuentran la prórroga del vencimiento del pago de impuestos que graven el patrimonio, capitales o ganancias de las explotaciones afectadas cuando el mismo recaiga en el mismo período en el que esté vigente el estado de emergencia, hasta el ejercicio siguiente a su finalización.
También figuran la suspensión por parte de AFIP de la iniciación de juicios de ejecución fiscal para el cobro de impuestos adeudados hasta el período siguiente a la finalización del período de emergencia o desastre. En caso de que ya estuviera iniciado, deberá paralizarse hasta que expire el lapso por el cual se decretó la emergencia o desastre.
Además está la posibilidad de deducir en el balance impositivo del impuesto a las Ganancias, el 100% de los beneficios derivados de las ventas forzosas de hacienda bovina, ovina, caprina o porcina, deducción que se computará en los ejercicios fiscales en que las ventas hubieran tenido lugar.
Asimismo, la AFIP podrá establecer la exención total o parcial del pago del impuesto a los Bienes Personales sobre los bienes ubicados en las explotaciones agropecuarias y los inmuebles rurales arrendados si se encuentran en zona de desastre. Al mismo tiempo, el organismo podrá determinar la exención de otros impuestos como Ganancias, el componente impositivo del Monotributo y las contribuciones a la seguridad social.
En tanto, los productores que estén inscriptos en el Monotributo gozarán de la prórroga del pago del componente impositivo y una reducción del 50% si está englobado en el estado de emergencia y del 75% si se trata de zona de desastre.