Nuevo Código Procesal Penal: limitan preventivas

Fue publicado hoy en el Boletín Oficial. Desde el viernes se implementan los artículos 19, 21, 22, 31, 34, 54, 80, 81, 210, 221 y 222 del Código Procesal Penal Federal.

La comisión Bicameral de Monitoreo e Implementación del Código Procesal Penal Federal avanza en la aplicación de esa norma en todo el país, en donde regirá a partir del viernes próximo, y que, entre otras puntos, plantea límites a las prisiones preventivas de los acusados.

En la resolución 2/2019 publicada hoy en el Boletín Oficial se oficializó el anuncio formulado la semana pasada por el juez de la Cámara de Casación, Mariano Borinsky, de que en adelante se deberán aplicar varios artículos antes de detener a un acusado.

Resuelve: “Implementar los artículos 19, 21, 22, 31, 34, 54, 80, 81, 210, 221 y 222 del Código Procesal Penal Federal, disponiendo su implementación a partir del tercer día hábil posterior a la fecha de publicación de esta resolución en el Boletín Oficial, para todos los tribunales con competencia en materia penal de todas las jurisdicciones federales del territorio nacional”.

En los considerandos se recuerda que el nuevo código empezó a regir el 10 de junio pasado para “todas las causas que se inicien en la jurisdicción de la Cámara Federal de Apelaciones de Salta”, que abarca a esa provincia y a Jujuy.

En ese punto, precisa que “desde el comienzo de esa implementación se han verificado numerosos planteos judiciales en diversas jurisdicciones del país, tendientes a la aplicación a los procesos en trámite bajo la Ley N° 23.984 de diversos institutos previstos en el Código Procesal Penal Federal, que permiten un mayor resguardo de las garantías constitucionales que protegen los derechos de los justiciables en el marco del proceso penal”.