El Ministerio de Salud de la Nación oficializó el nuevo protocolo de actuación para los casos de aborto no punible, decisión que calificó de “un imperativo de la política sanitaria nacional en salud sexual y reproductiva”.
La medida fue publicada este viernes en el Boletín Oficial a través de la resolución 1/2019. Lleva la firma del flamante titular de la cartera de Salud, Ginés González García.
El documento precisa que el nuevo protocolo apunta a “los objetivos que una política sanitaria en este campo debe seguir: Garantizar los derechos sexuales y los derechos reproductivos de las personas y los derechos de pacientes; basarse en evidencia científica actualizada; proteger y acompañar a los equipos de salud como responsables de atender la salud de la población; y orientarse por el principio de equidad para llevar las mejores prácticas a quienes más las necesitan”.
En esa sintonía, la resolución explica que el
protocolo “es una guía” para que los equipos de salud “cumplan con su
responsabilidad en la interrupción legal del embarazo contemplado en el marco
jurídico argentino”.”Se basa en la mejor evidencia científica
disponible y en la experiencia de implementación de versiones anteriores de
protocolos nacionales y provinciales”, agrega.
El texto cita como marco legal a las causales previstas de
interrupción legal del embarazo en el Código Penal de la Nación de 1921, a la
Constitución Nacional y los Tratados de Derechos Humanos que se incorporaron en
su reforma de 1994.
También a las “modulaciones” que en la materia
formula el Código Civil y Comercial de la Nación reformado en el año 2015, y el
Fallo F.A.L. s/ Medida Autosatisfactiva de la Corte Suprema de Justicia de la
Nación del año 2012 que “orienta claramente el accionar de los equipos de
salud y establece estándares para el acceso a la interrupción del
embarazo”.
“El nuevo protocolo incorpora las recomendaciones internacionales acerca de los procedimientos para la interrupción legal del embarazo -dosis de medicamentos y aspiración manual endouterina (AMEU)- y refuerza la importancia del acceso rápido a la atención integral, reforzando la necesidad de resolución en el primer nivel de atención y en los tratamientos con medicamentos”, precisa la resolución publicada este viernes.
Por último, la resolución señala que el nuevo protocolo tomó como antecedentes el derogado por el ex presidente Mauricio Macri, a través del Decreto Nº 785/2019, como su homónimo del año 2015, que había tomado como base las dos ediciones de la “Guía Técnica para la Atención Integral de Abortos No Punibles” de 2007 y 2010.