Dólar turista: los gastos anteriores a la ley no pagarán el impuesto de 30%

El Gobierno habilitó una modificación para que los consumos hechos en dólares antes de la sanción no abonen el 30 por ciento fijado.

El Gobierno habilitó al oficialismo en la Cámara de Diputados a modificar un artículo del paquete de emergencia económica para que los consumos hechos en dólares antes de la sanción no abonen el 30 por ciento del impuesto fijado.

Se trata del  articulo 40, en el que se había establecido que los consumidores debían pagar el impuesto extra por consumos realizados en el exterior vía tarjeta de crédito y débito.

“El impuesto será de aplicación a las operaciones, liquidaciones y pagos efectuados a partir del día siguiente a la entrada en vigencia de la presente ley. Su aplicación, recaudación y ejecución judicial, estará cargo de la AFIP”, apunta el artículo que será modificado.

Si bien el impuesto no es retroactivo, por cómo estaba redactado el proyecto, iba a ser aplicado sobre comprar realizadas con anterioridad a la promulgación de la ley, pero esto finalmente será modificado.

Como parte del acuerdo político con la oposición para que la ley se apruebe sin mayores inconvenientes, se modificará el artículo para que el impuesto del 30 por ciento a los consumos en moneda extranjera excluya explícitamente a las transacciones efectuadas con anterioridad a la entrada en vigencia la ley.