Le negaron la prisión domiciliaria a Rubén Carrazzone

Está acusado del femicidio de Stella Maris Sequeira. Seguirá alojado en el penal federal de Ezeiza.

La Justicia le negó la prisión domiciliaria al abogado Rubén Carrazzone, acusado del asesinato de Stella Maris Sequeira. Seguirá alojado en el penal federal de Ezeiza. La mujer desapareció el 29 de diciembre de 2016 y aún hoy no se sabe nada de ella.

En las últimas horas, el abogado que representa a Carrozzone volvió a pedir la prisión domiciliaria (ya lo había hecho el año pasado) justificada en la pandemia de coronavirus (Covid-19). El Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 2 de La Plata rechazó el pedido. Seguirá alojado en el Penal Federal de Ezeiza.

La decisión del TOC 2 de La Plata recuerda que “Carrazzone se encuentra requerido a juicio por el Ministerio Público Fiscal, por ser considerado coautor del delito de homicidio doblemente calificado por haberse cometido sobre su pareja conviviente y mediando un contexto de violencia de género y de falsa denuncia (art. 80 inc. 1º y 11º, art. 245 del Código Penal); encontrándose con medida de cautela personal, en la modalidad de prisión preventiva”.

El abogado defensor Pablo Fernando Cuomo solicitó la concesión del arresto domiciliario “en razón de la grave situación que atraviesa la sociedad como consecuencia de la pandemia decretada por el virus COVID-19” y “fundamentó su petición en que el virus resulta letal en personas mayores a los 65 años y con determinadas características como las que tiene su defendido, quien es una persona con serios antecedentes de problemas de salud”. De hecho, precisó que si era beneficiado con la domiciliaria, se asentaría en la casa de su hermana, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Se solicitó al Servicio Penitenciario un informe sobre las condiciones del lugar de detención vinculadas estrictamente a la pandemia y si ellas representan un riesgo diferencial para la salud del imputado. “También requirió que especifique si se cuenta con los recursos e infraestructura para dar cumplimiento a las recomendaciones del PEN para evitar el contagio y propagación”, explica el texto al que tuvo acceso Info Región.

“El Dr. Marcelo Rodolfo Molina, expresó que si bien la defensa hizo mención a que su pupilo presenta una patología que lo ubicaría dentro del grupo de riesgo frente al COVID-19, en principio, dicha situación no encuentra aval en lo informado por el S.P.F., con lo cual con los datos obrantes en las actuaciones, hasta el momento, no corresponde la morigeración solicitada”, detalla el texto, y apunta que el informe que se había realizado anteriormente (ante el pedido de la defensa de septiembre de 2019) surgía que Carrazzone se encontraba en condiciones de permanecer alojado en el complejo penitenciario dado que allí podía ser tratado por sus dolencias y que los estudios específicos o tratamientos quirúrgicos, podían ser realizados en hospitales extramuros.

Es por ello que el TOC considera que “no corresponde hacer lugar por el momento, al pedido de prisión domiciliaria”.

Stella Maris Sequeira desapareció en Ezeiza el 29 de diciembre de 2016, el día previo a su cumpleaños, y nada se sabe de ella desde ese momento. Carrazzone denunció haber recibido un llamado extorsivo, aludiendo a un presunto secuestro, pero la hipótesis fue descartada.

Buscaron el cuerpo de Stella Maris con georradares y perros en la vivienda de la calle Ombú al 700 de El Trébol, partido de Ezeiza, pero no encontraron rastros de ella.

Miguel Ángel Franco había sido detenido por el “secuestro extorsivo”, pero el juez Santa Marina lo sobreseyó por este delito y lo imputó por “encubrimiento agravado” de lo que sería el femicidio de la mujer de 61 años.