Le negaron la prisión domiciliaria a Carrazzone

Así lo dispuso el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°2 de La Plata, en el marco de la causa que investiga el femicidio y desaparición de Stella Maris Sequeira, su pareja.

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 2 de La Plata le negó la prisión domiciliaria al abogado penalista Rubén Carrazzone en la causa que investiga el femicidio y desaparición de su pareja Stella Maris Sequeira.

El abogado defensor y padrino del acusado, Pablo Fernando Cuomo, había solicitado la prisión domiciliaria en consecuencia del estado de salud del defendido, “quien padece afecciones oftalmológicas que le imposibilitan su normal desenvolvimiento dentro de la unidad de detención”.

Carrazzone fue requerido a jucio por el delito de homicidio doblemente agravado por el vínculo y por haber medidadio violen cia de género (femicidio íntimo) en perjuicio de Sequeira, y por denunciar falsamente un delito ante la autoridad.

El TOF N°2, a cargo del juez Alejandro Daniel Esmoris, rechazó el pedido de prisión domiciliaria para Carrazzone.

La causa

Sequeira (58) desapareció el 29 de diciembre de 2016 de su casa de la localidad de El Ombú, partido de Ezeiza, donde convivía con Carrazzone (64), quien recién denunció el hecho el 31 de ese mes y, un día después, aseguró haber recibido un llamado extorsivo en el que le exigieron 80.000 dólares para liberarla.

Pero a criterio de la fiscalía que investigó el hecho, de la querella y del juez, ese secuestro extorsivo no existió y todo indica que fue una maniobra dilatoria para entorpecer la pesquisa y ocultar el homicidio. Por ese supuesto secuestro estuvo detenido Miguel Angel Franco (62), quien había sido cliente de Carrazzone y que fue acusado de colaborar en las llamadas extorsivas, aunque finalmente fue sobreseído.

Los testimonios recabados permiten, según consigna Télam, sostener que “que existían en la fase íntima de la pareja Carrazone-Sequeira conflictos que iban más allá de las simples discusiones, incluyendo episodios de violencia del primero hacia la víctima”. “Pero la sospecha no deberá agotarse tan sólo en la violencia física pretérita que hubiera sufrido la víctima -señaló el fallo- sino que debe tenerse en cuenta que no se ha logrado incorporar al legajo un solo indicador que permita suponer que Sequeira podría haber querido abandonar todo su entorno sin dejar rastro”.

El juez también tuvo en cuenta que la última vez que la mujer fue vista estaba a solas con su pareja, que hay dos testigos que declararon haber escuchado una discusión a los gritos e insultos y que otros revelaron que ella sospechaba que él le era infiel. Una testigo citada por el magistrado relató que el día previo a su desaparición, la víctima le contó que iba a separarse del abogado y que éste se tendría que ir de su casa “con un bolsito”, como había llegado hacía muchos años.

“Yo le conozco muchos chanchullos a Rubén. Él me la va a pagar, porque no es sólo que me engañó sino que con quien me engañó fue con Lourdes”, le dijo Sequeira a una amiga, al referirse a Lourdes Olivera, una ex socia suya que le debía plata y con quien estaba enemistada.

Sobre la ausencia del cadáver, Santamarina no lo consideró un impedimento para probar un homicidio y apeló a citar jurisprudencia al respecto, ya que hay varias condenas en todo el país por ese delito pese a que nunca se halló el cuerpo de la víctima.

Una de las últimas medidas que se adoptaron en la causa fue un allanamiento que se realizó en junio último en un galpón de la ciudad de Lobos donde se encontró la camioneta de Sequeira y otros vehículos ligados a Carrazzone, pero al realizarse los peritajes no se encontraron rastros de sangre. La sospecha de los investigadores es que alguno de ellos pudo haber sido usado para trasladar el cadáver, pero no se pudo probar.