Nuevas medidas de ayuda para autónomos y el sector pyme

Reducción del pago de contribuciones patronales, créditos a tasa cero, salarios complementarios y pos desempleo.

El Gobierno puso en marcha una serie de medidas de asistencia para empleadores y trabajadores de pymes y autónomos, en el marco del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP), que contempla reducción del pago de contribuciones patronales al SIPA, salarios por desempleo, créditos a tasa cero y un salario complementario.

A través del decreto 376/2020, ampliatorio del 332/2020, que se publicó este lunes en el Boletín Oficial, el presidente Alberto Fernández dispuso que el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP), derivado de la emergencia por la pandemia de coronavirus, abarcará la “postergación o reducción de hasta el 95% del pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino“.

Además, habrá un “Salario Complementario“, que consiste en la “asignación abonada por el Estado nacional para los trabajadores en relación de dependencia del sector privado”. El monto de esa asignación será “equivalente al 50% del salario neto del trabajador correspondiente al mes de febrero de 2020, no pudiendo ser inferior a una suma equivalente a un salario mínimo, vital y móvil ni superar dos salarios mínimos, vitales y móviles, o al total del salario neto correspondiente a ese mes”, aclaró la normativa.

Se dispuso el “crédito a tasa cero para personas adheridas al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes y para trabajadores autónomos en las condiciones que establezcan la Jefatura de Gabinete y el Banco Central, en el marco de sus respectivas competencias, con subsidio del 100% del costo financiero total”. El monto “no podrá exceder una cuarta parte del límite superior de ingresos brutos establecidos para cada categoría del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, con un límite máximo de $150.000, desembolsado en tres cuotas mensuales iguales y consecutivas”.

También se pone en marcha un “sistema integral de prestaciones por desempleo” que van de un “mínimo de $ 6.000 a un máximo de $ 10.000”.

El Jefe de Gabinete de Ministros podrá extender los beneficios previstos en este decreto total o parcialmente, modificando el universo de actividades, empresas y trabajadoras y trabajadores independientes afectados, previa intervención del Comité de Evaluación de Monitoreo del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción, en función de la evolución de la situación económica, hasta el 30 de junio de 2020, inclusive. “Sin perjuicio de ello, para las actividades, empresas y trabajadoras y trabajadores independientes que siguieran afectados por las medidas de distanciamiento social, aun cuando el aislamiento social preventivo y obligatorio haya concluido, los beneficios podrán extenderse hasta el mes de octubre de 2020 inclusive”, agrega el texto.