Prohíben la venta de un aceite de oliva

La ANMAT precisó que carece registro de establecimiento y de producto.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la comercialización de un aceite de oliva. Se trata de un producto que carece de registro de establecimiento y de producto. Además, está “falsamente rotulado”.

A partir de la disposición 1583, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, la ANMAT prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del aceite de oliva marca “50 Olivos”, RNE 0241053, RNPA 02342205, Elaborado por Agroliva, Libertad 1684, San Martín, Mza.

La medida de toma “por carecer de registros de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir un RNE perteneciente a otra Razón Social y un RNPA inexistente, resultando ser en consecuencia un producto ilegal”, informa el texto oficial..

“Prohíbese la comercialización en todo el territorio nacional de todos aquellos productos que exhiban en sus rótulos el RNPA N° 02342205, por ser productos falsamente rotulados que utilizan un RNPA inexistente, resultando ser en consecuencia ilegales”, señala el artículo dos.