Media sanción para Alcohol 0 en Buenos Aires


Alcohol 0 en Buenos Aires

La Cámara de Senadores provincial dio esta tarde media sanción al proyecto de ley de Alcohol 0 en Buenos Aires destinado a conductores de vehículos y que establece sanciones para los infractores que van desde las multas, arresto, retención de la licencia e inhabilitación.

La iniciativa fue aprobada tras meses de exposiciones, debates y un plenario realizado ayer con integrantes de las tres comisiones donde se discutieron las distintas propuestas en torno al tema: Prevención de las Adicciones; Legislación General y Transporte, Puertos e Intereses Marítimos.

Alcohol 0 en Buenos Aires: el acuerdo

El amplio consenso logrado, tuvo como clave la incorporación de otros aportes a la norma planteados en proyectos alternativos presentados por el legislador oficialista José Luis Pallares y los opositores Claudia Rucci y Lorena Petrovich de Juntos por el Cambio.

Otro de los puntos que facilitaron los entendimientos entre los diferentes bloques y que allanó el camino para su sanción, fue la incorporación de un fondo para que los 135 distritos bonaerenses puedan aplicar la norma en sus territorios y que serán distribuidos bajo el sistema del Coeficiente Único de Distribución (CUD).

Alcohol 0 en Buenos Aires: puntos centrales

La ley se propone “preservar la salud, la vida y la seguridad de quienes transiten el territorio provincial; reducir la mortalidad y la morbilidad derivadas de la siniestralidad vial” y fijar “las pautas de circulación y las que establecen los límites legales de alcohol en sangre y de cualquier sustancia que disminuya las condiciones para la conducción, integran las políticas públicas de seguridad vial”.

En ese marco, establece que “queda prohibido conducir cualquier tipo de vehículo con motor a quien registre una alcoholemia superior a 0 (cero) miligramos de alcohol por litro de sangre”.

También se impide manejar a quienes “hubiesen consumido medicamentos, estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes o sustancias que la Autoridad de aplicación, con intervención del Ministerio de Salud, determine como capaces de disminuir la aptitud para conducir”.

Además, delega en la Autoridad de Aplicación establecer “el mínimo de error tolerable para los dispositivos medidores de concentración de las sustancias mencionadas”.

Alcohol 0 en Buenos Aires

Alcohol 0 en Buenos Aires: las sanciones

Las sanciones van desde arresto hasta la retención de la licencia y la inhabilitación para conducir de acuerdo al nivel de alcohol en sangre.

Arresto

Inhabilitación para conducir

Si el infractor posee licencia habilitante deberá ser retenida. La inhabilitación será aplicada conjuntamente con la sanción de multa y el plazo de la inhabilitación será de:

  • Tres meses para el caso de que el/la infractor/a conduzca con una alcoholemia de hasta cuatrocientos noventa y nueve (499) miligramos por litro de sangre;
  • Seis meses para el caso de que el/la infractor/a conduzca con una alcoholemia superior a quinientos (500) miligramos por litro de sangre, hasta novecientos noventa y nueve (999) miligramos por litro de sangre;
  • Doce meses para el caso de que el/la infractor/a conduzca con una alcoholemia superior a mil (1.000) miligramos por litro de sangre, hasta mil quinientos (1.500) miligramos por litro de sangre;
  • 18 meses para el caso de que el/la infractor/a conduzca con una alcoholemia superior a los mil quinientos (1.500) miligramos por litro de sangre.
  • 18 meses para el caso de que el conductor se negare u obstaculizare la realización de las pruebas expresamente autorizadas, destinadas a determinar el estado de intoxicación alcohólica o por otras sustancias para conducir, con arreglo a lo normado en el artículo 28º ter de la presente ley.

Multa

Concurrencia a cursos especiales de educación y capacitación

Deberán capacitaciones para el correcto uso de la vía pública conforme disponga la reglamentación. Esta sanción podrá ser aplicada como accesoria a la de multa, pero se impondrá en todos los casos que involucren conducción de vehículos en los estados de intoxicación previstas por el artículo 28 .

Su incumplimiento triplicará el importe de la multa.

Decomiso

Se podrán decomisar los elementos cuya comercialización, uso o transporte en el caso de en los vehículos esté expresamente prohibido. El decomiso podrá aplicarse conjuntamente con otras sanciones.

El texto de la norma específica que durante el primer año de vigencia de la ley, “aquella persona que en su primera infracción conduzca con una tasa de alcohol en sangre de hasta cuatrocientos noventa y nueve (499) miligramos por litro de sangre, será sancionada únicamente con la concurrencia/asistencia y aprobación de cursos especiales de educación y capacitación para el correcto uso de la vía pública conforme establezca la reglamentación”.

Alcohol 0 en Buenos Aires: Financiamiento para municipios

La normativa, establece la creación de un Fondo para el Financiamiento de Prevención, Capacitación y Control para dotar a los municipios de “una fuente de financiamiento genuina que garantice el efectivo cumplimiento de la ley y el eventual juzgamiento de las infracciones”.

Este fondo será administrado por el Ejecutivo provincial y estará integrado por los recursos que anualmente se asignen por la ley de presupuesto y los ingresos que provengan de legados o donaciones aceptados.

La asignación de los recursos de este Fondo se realizará a través del Coeficiente Único de Distribución (CUD).

Alcohol 0 en Buenos Aires: el debate

La legisladora de Juntos por el Cambio Daniela Reich puso de relieve que “alcohol al volante es inseguridad vial, lesiones y fallecimientos”.

Por su parte, el radical Ariel Martínez Bordaisco afirmó que el consumo de alcohol y el uso de vehículos. “es la primera causa de muerte joven” por lo que consideró que “es una ley de enorme importancia”.

Ariel Martínez Bordaisco (UCR) afirmó que es “una realidad indiscutible sobre la gran cantidad de siniestralidad respecto al consumo de alcohol y el uso de vehículos. Es la primera causa de muerte joven y es una ley de enorme importancia. Felicito a todos los senadores por llegar a una gran cantidad de consensos” consideró.

Desde el Frente de Todos, Sofía Vannelli fue contundente: “Si tan solo trabajáramos en reducir un solo dígito de las estadísticas que tenemos, en la provincia salvaríamos en un año 120 vidas de los bonaerenses”.

Finalmente, el oficialista Walter Torchio sostuvo que “esta ley viene a fijar un orden para saber que se puede y debe hacer. Es una ley que busca conductores responsables pero fundamentalmente salvar vidas”.

Alcohol 0 en Buenos Aires
Foto: Bomberos Voluntarios de Almirante Brown