El Gobierno publicó este jueves la última parte de la reglamentación del cobro de impuesto a las Ganancias a la renta financiera, que apuntará a gravar con ese tributo a los rendimientos de bonos y de plazos fijos. La medida fue oficializada en el Boletín Oficial, por Decreto 1170/2018.
De esta manera, según la reglamentación, a partir de enero y por todo el 2019 para un asalariado que no tiene ninguna carga de familia ni aplica deducción por gasto, habrá una carga impositiva a partir de un salario promedio mensual de $38.301.
Además, una de las novedades de la reglamentación es la puesta en marcha sobre la imposición de las rentabilidades obtenidas por inversiones financieras: la declaración y pago deberá hacerse durante 2019. Del decreto se desprende que se gravarán los rendimientos de bonos y de plazos fijos y se pagará entre 5 y 15% de la renta que exceda los $ 67.000 anuales.
En cuanto a las deducciones, se fijaron $497.924,12 para el 2019. Los hijos menores o incapacitados para trabajar para 2019 se descontarán $40.361,43.Para el cónyuge sólo si no tiene ingresos propios será de $80,033,97. Los sueldos y contribuciones por servicio doméstico $85,848,99 para 2019.
En cuanto al alquiler de vivienda, se aplica el 40%, con los mismos máximos que rigen para el servicio doméstico. Los intereses de créditos para vivienda, tiene un tope de $20.000 por año. Los seguros de vida y gastos por sepelio, hasta $996 por cada caso, por año. Para los honorarios médicos, rigen los topes vinculados al monto de ingresos.
En tanto, los jubilados pagarán ganancias a partir de cobrar el equivalente a seis haberes mínimos. Los autónomos recibirán un alivio porque se acorta la brecha con los asalariados, para 2019 la cifra será de $257,546 si no se aplica ninguna deducción.