Decretaron la emergencia agropecuaria en provincias afectadas por inundaciones

La medida rige para Chaco, Santa Fe, Corrientes y Santiago del Estero.

El Gobierno declaró este viernes el estado de emergencia agropecuaria para las provincias de Chaco, Santa Fe, Corrientes y Santiago del Estero, una medida que pone en marcha mecanismos de asistencia a los productores cuyas actividades fueron afectadas por las inundaciones.

En tanto, el Sistema Nacional de Gestión Integral del Riesgo (SINAGIR) continúa coordinando la ayuda que diferentes organismos del Estado proporcionan a los pobladores de las ciudades y localidades más comprometidas por las lluvias y las crecidas, así como a las provincias que registran incendios forestales.

Las resoluciones, publicadas en el Boletín Oficial con la firma del secretario de Agroindustria, Luis Miguel Etchevehere, responden a las recomendaciones emitidas por la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios (CNEyDA) que es la encargada de analizar los pedidos de las provincias afectadas.

Plazos

Los productores damnificados que soliciten acogerse a los beneficios de la Ley de Emergencia Agropecuaria Nacional (26.509) deberán presentar un certificado extendido por la autoridad competente de la provincia.

La norma contempla una serie de beneficios impositivos y crediticios para hacer frente a la contingencia.

En el caso de Chaco, rige a partir del 15 de enero por 365 días para la ganadería y por 180 días para el resto de las explotaciones que hayan sido afectadas por los excesos hídricos.

En Corrientes, la disposición contempla un plazo de doce meses para la actividad ganadera y de seis meses para las restantes explotaciones a partir del 1 de enero de 2019.

En los departamentos santafesinos de 9 de Julio, Vera y General Obligado y en los distritos Romang y Colonia Durán (San Javier), la emergencia tiene vigencia entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2019 para la ganadería y hasta el 31 de agosto para las restantes actividades productivas.

En Santiago del Estero, la disposición abarca un período de doce meses desde el 1 de enero para todas las explotaciones agropecuarias que fueron castigadas por las inundaciones en los departamentos Mariano Moreno, Juan Felipe Ibarra, General Taboada y Manuel Belgrano.