El Gobierno habilitó actividades y servicios en Avellaneda

Los trabajadores deben ir en transporte propio, tramitar el certificado único de circulación y tener la constancia del turno de trabajo asignado.

La decisión administrativa 763 publicada este martes en el Boletín Oficial habilita actividades y servicios en la provincia de Buenos Aires; dentro del territorio bonaerense se permite la apertura  de empresas en Avellaneda. ¿Cuáles son las novedades?

Las actividades y servicios habilitados en Avellaneda aparecen en el Anexo II del documento. Se trata de las empresas Anselmo L. Morvillo S.A., Fachal y Gómez SRL, Empresa Tabacalera Sarandí S.A. También permite la fabricación de sustancias químicas básicas, de maquinaria, productos elaborados de metal e industrias básicas del hierro y metal.

El texto aclara que “las actividades, servicios y profesiones mencionados en el artículo 1° quedan autorizados para funcionar siempre que se dé cumplimiento por parte de la Autoridad Provincial, de lo dispuesto en el artículo 4°, párrafo 4° del Decreto N° 459/20, lo cual implica la constatación previa del cumplimiento de los requisitos exigidos por los parámetros epidemiológicos y sanitarios indicados en la normativa vigente, para cada Departamento o Partido”.

“En todos los casos se deberá garantizar la organización de turnos, si correspondiere, y los modos de trabajo y de traslado que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio del nuevo Coronavirus”, explica, y apunta que “los desplazamientos de las personas alcanzadas por el presente artículo deberán limitarse al estricto cumplimiento de las actividades, servicios y profesiones exceptuados por la presente”.

Plantea, asimismo, que “las empleadoras y los empleadores deberán garantizar las condiciones de higiene, seguridad y traslado establecidas por las respectivas jurisdicciones para preservar la salud de las trabajadoras y de los trabajadores, y que estos lleguen a sus lugares de trabajo sin la utilización del transporte público de pasajeros”.

El artículo 3 de la decisión administrativa recuerda que la jurisdicción provincial deberá dictar las reglamentaciones necesarias para el desarrollo de las actividades, servicios y profesiones exceptuados, pudiendo limitar el alcance de dichas excepciones a determinadas áreas geográficas o a determinados municipios, o establecer requisitos específicos para su desarrollo que atiendan a la situación epidemiológica local y a las características propias del lugar, con el fin de minimizar el riesgo de propagación del virus.

Explica, en tanto, que “las excepciones otorgadas” a través de esta decisión “podrán ser dejadas sin efecto” por el gobernador Axel Kicillof , en forma total o parcial, “en virtud de las recomendaciones de la autoridad sanitaria provincial”.

Las personas alcanzadas para desarrollar sus actividades, servicios o profesiones por esta decisión administrativa deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación – Covid-19. También deberán circular con la constancia del turno otorgado para su atención, cuando corresponda, o desplazarse a establecimientos de cercanía al domicilio.