De cara al vencimiento de la prohibición de despidos, anuncian un seguro de desempleo

Es ante el cierre de una rama en un establecimiento, de toda una planta o de toda la actividad de la empresa.

El Ministerio de Trabajo de la Nación dispuso que las trabajadoras y trabajadores que no puedan continuar con la relación laboral, en situación de “extinción colectiva” de ese vínculo, podrán acceder al seguro por desempleo.

Ello ocurrirá “cuando, de común acuerdo, trabajadores y empleadores rescinden un contrato de trabajo vigente por el cierre de una rama en un establecimiento, de toda una planta o de toda la actividad de la empresa”, se indicó.

Además, aclaró la cartera que conduce Claudio Moroni, “deben ocurrir en la situación las siguientes circunstancias: los montos acordados en los convenios de rescisión son similares o equivalentes a los que hubieran correspondido frente a una indemnización por despido, o si los convenios de rescisión fueran masivos, homogéneos y contemporáneos para todo un grupo de trabajadores”.

La medida, que fue dispuesta a través de la Resolución 346/2021 publicada ayer en el Boletín Oficial, aclara que “no se trata del cese de un contrato de trabajo, sino del cese o extinción de propio puesto de trabajo, el cual ya no será ocupado por otro/a trabajador/a”.

Vale recordar que el Gobierno prorrogó hasta el 30 de junio de la prohibición de despidos o suspensiones “sin justa causa” o por “fuerza mayor”, ante la emergencia sanitaria por la pandemia de coronavirus. La prohibición se decretó en marzo de 2020 y sigue vigente hasta el 30 de junio.