Promulgaron el Consenso Fiscal y el régimen de Zonas Frías


Casa Rosada

El decreto 442, que promulga la Ley 27.634, fue publicado este miércoles en el Boletín Oficial junto con el 441, sobre la Ley 27.637. El primero hace referencia al consenso fiscal suscripto el 4 de diciembre de 2020 por el Poder Ejecutivo nacional y representantes de las Provincias, mientras que el segundo contempla una reducción de las tarifas de gas en zonas frías.

Consenso fiscal

El Consenso Fiscal fue acordado en diciembre del año pasado por el Presidente y los mandatarios provinciales, con excepción de San Luis, la Pampa, y la ciudad de Buenos Aires, que mantiene una controversia por los recursos para la policía porteña.

El nuevo acuerdo fiscal permitirá a las provincias contar con un monto total de alrededor de $ 70.000 millones que podrán ser utilizados para reactivar las economías regionales, luego de un año atravesado por la crisis generada por la pandemia del coronavirus.

El proyecto además establece que en 2021 las provincias no podrán incrementar el stock de deuda denominada en moneda extranjera respecto a los valores registrados al 31 de diciembre del 2020. Esa medida no se aplicará para las líneas de financiamiento con organismos bilaterales o multilaterales de crédito o con acreedores institucionales siempre que, estos últimos, otorguen financiamiento de largo plazo con características similares a los primeros, en términos de repago y de destino de los fondos, entre otros. Tampoco se aplicarán a los fondos obtenidos que se destinen a financiar obras de infraestructura o a reestructuración de servicios de deuda emitida con anterioridad al 31 de diciembre de 2020.

Otro punto central del acuerdo está vinculado a las demandas judiciales y se establece que por un año las provincias se abstendrán de iniciar procesos judiciales, y suspender los ya iniciados, relativos al régimen de Coparticipación Federal de Impuestos.

También habrá trabajos en conjunto entre la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y los organismos provinciales de recaudación tributaria para identificar la titularidad de bienes inmuebles y otros bienes registrables.

Además, la Nación y las provincias trabajarán en forma conjunta en un programa integral para la simplificación y coordinación tributaria federal.

Se incluye, por otra parte, el reconocimiento de que la coparticipación no es el vehículo de recursos para transferir servicios, competencias y funciones de la Nación a los distritos.

Zonas Frías

La normativa, sancionada por el Senado el 25 de junio último, modifica el artículo 75 del Presupuesto 2021 para beneficiar a más de tres millones de habitantes de municipios de las provincias de Buenos Aires, Santa Fe, Córdoba, Mendoza, Jujuy, San Juan, San Luis y Salta en los que se registran bajas temperaturas.

Además, reduce en alrededor del 50% las tarifas a los beneficiarios de las asignaciones universales por Hijo (AUH) y por Embarazo (AUE), de pensiones no contributivas y jubilados -hasta 4 salarios mínimos-, del monotributo social, de usuarios que perciben seguro de desempleo y de empleadas de casas particulares.

También podrán tener este beneficio quienes estén exentos en el pago de ABL o tributos locales de igual naturaleza o los que tengan una pensión vitalicia como veteranos de Guerra del Atlántico Sur.

Respecto del resto de los usuarios residenciales, la tarifa diferencial implicará una disminución del 30% de la factura de gas correspondiente.

La ley también prorroga por 10 años el Fondo Fiduciario de Consumos Residenciales de Gas (artículo 75, Ley 25.565) y aumenta la cantidad de departamentos y localidades de todo el país de temperaturas bajas comprendidos en este beneficio.