Anmat prohibió un aceite de girasol por no contar con autorización


La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en las plataformas de venta en línea de aceite de girasol Aceitera Luna.

Como señala la Disposición 1819/2022, publicada hoy en el Boletín Oficial, se trata de aceite de girasol Aceitera Luna “fraccionado por Aceitera Luna SRL” con domicilio en el distrito bonaerense de San Martín.

En tanto, fue la Dirección de Nutrición e Higiene de los Alimentos de la provincia de Mendoza logró trazar el recorrido del producto hasta un autoservicio en la localidad de Rivadavia donde “se constató la comercialización y procedió al decomiso e intervención de 82 bidones de 4,5 litros cada uno del producto investigado”, detalló el organismo.

Tras el análisis llevado a cabo por la Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SIFeGA), fue posible determinar que el aceite de girasol Luna era presuntamente elaborado en territorio bonaerense.

Tras consultar con la Dirección de Industrias y Productos Alimenticios (DIPA), la Anmat estableció que el registro con el que este elemento estaba siendo comercializado era “inexistente” por lo cual su venta al público no se encuentra autorizada.

Frente a ello, dictaminó que “el producto se halla en infracción al artículo 3° de la Ley 18284, al artículo 3° del Anexo II del Decreto Nº 2126/71, los artículos 13 y 155 del Código Alimentario Argentino (CAA), por carecer de registros de establecimiento y de producto, resultando ser en consecuencia productos ilegales”.

Bajo la misma línea, añadió que “al no poder identificar en forma fehaciente y clara como fue producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá confeccionarse en ninguna parte del país, ni ser comercializado y/o expendido en el territorio de la República”.

En esa disposición se menciona un antecedente relacionado con otros productos de la misma índole cuando de diciembre de 2019, se prohibió la comercialización del “aceite comestible, marca Caracas, girasol blends” que poseía idénticos números de registros de RNE y RNPA al producto actualmente sancionado.