ANMAT prohibió cuatro productos: ¿Cuáles son las marcas?


La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica prohibió hoy la importación, distribución y comercialización de cuatro artículos al considerarlos ilegales por carecer de registros sanitarios tal como indican las resoluciones publicadas en el Boletín Oficial.

Una marca de aceite de oliva, una de ajo en polvo, vitamina C en polvo, suplemento de Metil Sulfonil Metano, aceite de coco y sal del Himalaya son los productos.

Excepto el aceite de oliva, los otros productos están etiquetados con su origen en China, India y Pakistán, por lo cual el ente no puede garantizar las condiciones de elaboración y la calidad de control.

La medida sobre los artículos importados se tomó mediante la disposición 7213/2022, publicada en el Boletín Oficial y que tuvo su origen en la denuncia de un consumidor que había adquirido varios productos mediante una plataforma en línea cuyos rótulos no contaban con la información adecuada bajo la normativa vigente.

A través de la Dirección de Fiscalización y Control del Instituto Nacional de Alimentos (INAL), se confirmó que no constan con antecedentes de registro de los productos presuntamente importados, ni de su ingreso al país.

En la publicación se detalla que “dado que en los rótulos se detallan como países de origen a China, India y Pakistán, se realizó la consulta correspondiente a la Dirección de Fiscalización y Control del Instituto Nacional de Alimentos (INAL), quien informó que no constan antecedentes de registro de los productos presuntamente importados, ni de su ingreso al país”.

Por ende está en infracción el artículo 3° de la Ley 18284, el artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y los artículos 6 bis, 13 y 155 del Código Alimentario Argentino (CAA), por carecer de registros sanitarios.

La ANMAT, con el fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, no pueden garantizar su trazabilidad, condiciones de elaboración, calidad con adecuados niveles de control, prohibió la comercialización de los productos en todo el territorio nacional.

¿Cuáles son las marcas de los productos?

  • MSM – Metil Sulfonil Metano – Suplelife Suplementos Dietarios, Peso Neto 250 g, Lote 20210523, Vto: 5/2025 -Origen China.
  • Ácido Ascórbico Vitamina C – Suplelife Suplementos Dietarios, Peso Neto 250g, Lote 11804220, Vto: 2/25 – Origen China.
  • Sal del Himalaya fina – Supleseeds Productos Naturales, Peso Neto 500 g, Lote M432001, Vto: 12/2023 – Origen Pakistán.
  • Ajo en polvo – Supleseeds Productos Naturales, Peso Neto 250 g, Lote F 38860, Vto: 2/2024 – Origen India.
  • Aceite de coco RBD neutro prensado en frío – Supleseeds Productos Naturales, 1 litro.

¿Qué aceite de oliva prohibió ANMAT?

ANMAT, mediante la Disposición 7210/2022 publicada el martes 13 de septiembre en el Boletín Oficial, prohibió el consumo de un aceite de oliva tras una investigación que se inició raíz de una consulta de un consumidor ante el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del Instituto Nacional de Alimentos (INAL).

La marca en cuestión es Aceite de Oliva Extra Virgen de primera prensada y extracción en frío, marca Olivares, Cont. neto: 500 ml, Lote: 082021, Vto: AGO 2023, Elaborado y Envasado por FINCA OLIVARES, pcia. de La Rioja, RNE: 13-000140-1 – RNPA : 025010259”.

Prohíbese la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y en las plataformas de venta en línea del producto Aceite de Oliva Extra Virgen de primera prensada y extracción en frío, marca Olivares, Elaborado y Envasado por FINCA OLIVARES, pcia. de La Rioja, RNE 13-000140-1, RNPA 025010259, por carecer de registros de establecimiento y de producto, resultando ser en consecuencia un producto ilegal”, dispone la resolución.