Nuevas exigencias del Gobierno a Edenor y Edesur

El Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) dispuso que ambas empresas deberán agilizar los reclamos por falta de suministro, entre otras cuestiones.

Las distribuidoras de energía eléctrica Edenor y Edesur deberán agilizar los reclamos por falta de suministro, fomentar la inscripción de sus clientes al Registro de Subsidios y corregir imprecisiones en las liquidaciones del servicio.

Así lo dispuso el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE), que estableció un plazo de diez días hábiles administrativos desde la notificación de la medida para que ambas empresas presenten informes “en lenguaje claro”.

Una vez que el organismo los apruebe, las prestatarias deberán difundirlos en sus oficinas de atención al público, en sus sitios web y en medios de comunicación.

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Los reclamos a Edenor y Edesur

Entre junio del año pasado y el mismo mes de 2023, el ENRE envió a Edenor y Edesur un total de 19 notas para la elaboración de informes con una serie de instrucciones. En esas notas, el ente regulador impartió instrucciones destinadas a:

  • Agilizar los reclamos por falta de suministro eléctrico: independientemente del canal utilizado por el usuario (redes sociales, mensajería instantánea), las distribuidoras deben otorgar en todos los casos un número de reclamo, o reiterar el número ya asignado en caso de corresponder. Además, cuando notifiquen sobre una afectación en el servicio eléctrico, deben informar la disponibilidad de todos los canales habilitados.
  • Fomentar la inscripción al Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía: las distribuidoras deben contribuir en este sentido mediante publicidad en la vía pública y desde sus oficinas comerciales, a partir de la atención personalizada y de la colocación de cartelería y de dispositivos informáticos.
  • Optimizar el proceso de análisis de las lecturas de los medidores y corregir imprecisiones en las liquidaciones del servicio: sin necesidad de que medie reclamo alguno por parte del usuario. Asimismo, ante la necesidad de realizar ajustes masivos en conceptos facturados por errores propios, las empresas deberán informar previamente al ENRE indicando el motivo y remitiendo el universo de usuarios alcanzados por el ajuste.
  • Facilitar la identificación de los ítems de facturación del servicio.
  • Difundir los derechos del usuario a través de los distintos canales comunicación institucional.