El Senado aprobó los cambios en Ganancias y otras leyes

Queda eliminada la cuarta categoría de Ganancias. Será a partir de 2024.

El Senado aprobó cambios en Ganancias

El Senado sancionó la ley que modifica el Impuesto a las Ganancias, elevando el piso del Mínimo No Imponible a casi dos millones de pesos, lo que equivale a quince salarios mínimos, vital y móvil y que regirá a partir de 2024.

Con la presencia de la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner, quien bajó al recinto al momento de la votación, la iniciativa recibió el respaldo de 38 votos, aportados por el Frente de Todos, sus aliados y Unidad Federal, en tanto que Juntos por el Cambio se manifestó con 27 votos en contra, lo que generó la algarabía general en los palcos poblados por sindicalistas, entre los que estaban Pablo Moyano y Sergio Palazzo, que instantáneamente se pusieron a cantar La Marcha Peronista.

La iniciativa enviada por el ministro de Economía, Sergio Massa, reforma el impuesto a las Ganancias al crear un nuevo impuesto sobre los ingresos a partir de un monto equivalente a 15 salarios mínimos, vital y móvil (SMVM), con una alícuota progresiva sobre el excedente que va del 27% al 35%, que se actualizará de manera semestral en base a la evolución del SMVM.

En base a este esquema, los puntos principales del proyecto contemplan la creación de un nuevo “impuesto cedular sobre los mayores ingresos del trabajo en relación de dependencia, jubilaciones y pensiones de privilegio y otros”.

De esta forma, quienes obtengan los mayores ingresos tendrán derecho a deducir únicamente, en concepto de mínimo no imponible, la suma equivalente a 180 salarios mínimos. En el caso de los mayores haberes a 15 salarios mínimos vitales y móviles, las alícuotas irán desde el 27% hasta el 35%.

El proyecto también determina que se deberá considerar al comienzo del periodo fiscal el valor del SMVM vigente al 1 de enero y que la actualización será el 1 de julio de cada año fiscal.

Además, prevé que las retenciones realizadas sobre los mayores ingresos netos percibidos durante el primer semestre del año fiscal se ajustarán considerando el valor del SMVM vigente en julio.

Por último, la iniciativa estipula que en el caso de los trabajadores en relación de dependencia y para jubilados y pensionados comprendidos en el impuesto que vivan en las provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego y el partido de Patagones, en Buenos Aires, el mínimo no imponible se incrementará en un 22%.

Ley de Alquileres

El Senado también aprobó el proyecto que reforma la Ley de Alquileres e introdujo algunos cambios a la iniciativa sancionada a fines de agosto en la Cámara de Diputados, por lo que deberá regresar a la Cámara de origen en segunda revisión que, ahora sólo podrá aceptar las modificaciones o insistir con la sanción original.

En el Senado, el proyecto fue aprobado por 37 a 29, y contó con el apoyo del Frente de Todos y de los senadores peronistas que integran el bloque de Unidad Federal; en tanto que Juntos por el Cambio votó en contra porque pretendía aprobar el proyecto venido en revisión de Diputados.

La iniciativa venida de Diputados establecía que las partes deberán convenir el mecanismo de actualización del precio del alquiler al inicio de la relación locativa, pudiendo aplicar a tales efectos el índice de precios al consumidor (IPC), el índice de precios mayoristas (IPM) y el índice de salarios (IS), elaborados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) o una combinación de dichos índices.

En cambio, el proyecto aprobado por el Senado establece tres años como plazo mínimo legal de locación y agrega que “los contratos de locación con destino” a vivienda serán estipulados “en valor único en moneda nacional y por períodos mensuales sobre el cual podrán realizarse ajustes con periodicidad a intervalos no inferiores a seis meses”.

También el Senado modifica el mecanismo de actualización del precio de los alquileres propiciando que “los ajustes deberán efectuarse utilizando un coeficiente conformado por la menor variación que surja de comparar el promedio del 0,9 de la variación del coeficiente de variación salarial publicado por el INDEC, y la variación del coeficiente de estabilización de referencia, publicado por el BCRA”.

El proyecto aprobado en Senado además modifica la norma venida en revisión de Diputados al incorporar un último párrafo sobre el artículo nueve estableciendo que “los ingresos provenientes de locación de hasta dos inmuebles estarán exentos del pago del Monotributo”.

Finalmente, se suma un nuevo artículo, el número doce sobre el Impuesto a las Ganancias: “las partes podrán deducir del Impuesto a las Ganancias la suma equivalente al diez por ciento del monto anual del contrato de locación”.

Universidades

En la maratónica sesión especial, se convirtió en ley la creación de cinco universidades nacionales: la de Madres de Plaza de Mayo, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; las del Delta, de Pilar y de Ezeiza, en la provincia de Buenos Aires; y la de Río Tercero, en la provincia de Córdoba.

La votación fue seguida desde los balcones del salón de sesiones por representantes de organizaciones no gubernamentales que ayudaron a impulsar la sanción de las nuevas casas de altos estudios tanto en la Cámara alta como en Diputados.

La iniciativa que le da el carácter de “nacional” al existente Instituto Universitario de Derechos Humanos Madres de Plaza de Mayo surge de un expediente presentado hace más de dos años por el diputado nacional y dirigente de la Central de Trabajadores Argentinos, Hugo Yasky (FdT).

Sus contenidos estarán orientados a la defensa, protección, investigación y promoción para el ejercicio efectivo de los Derechos Humanos, conforme se desprenden de la Constitución Nacional, de los tratados internacionales en la materia y de las leyes nacionales.

En tanto, el proyecto que establece la creación de la Universidad Nacional de Ezeiza es de la exdiputada y actual ministra de Desarrollo Social Victoria Tolosa Paz y prevé carreras y acciones de extensión e investigación, vinculadas al desarrollo aeroportuario, al tecnológico y humano y de las organizaciones.

La creación de la Universidad Nacional de Rio Tercero, se basa en dos iniciativas de diferente signo político: la de las diputadas Gabriela Estévez (FdT) y Gabriela Brower de Koning (Evolución Radical).

Mientras que la Universidad del Delta es una iniciativa presentada por Sergio Massa cuando aún era diputado nacional, y prevé cobertura en los municipios de Tigre, San Fernando y Escobar.

La Universidad del Delta abordará áreas estratégicas vinculadas a lo ambiental y la industria del conocimiento. Algunos de sus ejes serán la eco sustentabilidad, el cuidado del ambiente, el turismo, la seguridad informática, la industria del conocimiento, la biotecnología y la industria naval.

Por último, la del Pilar, en ese municipio de la zona norte del Conurbano bonaerense, es impulsada por el massista Ramiro Gutiérrez, y cuanto con el antecedente de que la ex diputada del PRO, Adriana Cáceres, presentó hace tres años otro proyecto en el mismo sentido.

Estará orientadas principalmente a las ciencias vinculadas a la tecnología, la producción, el trabajo, la investigación con acento en aquellas temáticas asociadas a la, biotecnología, biomecánica, ingeniería, robótica, inteligencia artificial, programación, seguridad informática, y otras temáticas.

Programa Remediar

El Senado aprobó y giró a la Cámara de Diputados, un proyecto que busca convertir en ley el Programa Remediar de distribución de medicamentos esenciales gratuitos en centros de salud de todo el país para que se transforme en una política de Estado.

La presentación del texto de la ley fue efectuada a principios de septiembre del año pasado en el Senado con la presencia de la ministra de Salud, Carla Vizzotti, quien había remarcado su carácter de “igualador y ampliador de derechos”.

Un total de 19 millones de argentinos son alcanzados por el plan, mediante el cual se reparten 130 mil botiquines en centros de salud de todo el país.

Violencia digital

Un proyecto que modifica la Ley 26.485 sobre Protección Integral a las Mujeres, con el fin de incorporar la figura de la “violencia digital”, conocida como “Ley Olimpia”, y que aborda los delitos que violen la intimidad sexual de las personas a través de medios digitales y sanciona la difusión sin consentimiento de cualquier contenido íntimo, fue sancionado por el Senado.

La modificación fue introducida durante la reunión de la Comisión de Banca de la Mujer del Senado a raíz de que, en la sanción original, se omitió incluir las palabras “violencia política”.

La iniciativa que llegó desde la Cámara de Diputados incorpora la violencia digital como una modalidad de la violencia por motivos de género, aborda los delitos que violen la intimidad sexual de las personas a través de medios digitales y sanciona la difusión sin consentimiento de cualquier contenido íntimo, conocido como “Ley Olimpia”, que toma el nombre de una ley mexicana impulsada por la activista Olimpia Coral Melo.

La iniciativa fue impulsada, originalmente, por organizaciones de la sociedad civil nucleadas en un colectivo denominado “Campaña contra la Violencia Digital” que vienen reclamando la ley a través de distintas acciones, que incluyeron una campaña online de recolección de firmas, con unas 35.000 adhesiones a través de la plataforma digital Change.org.