Femicidios: piden eliminar la “excusa absolutoria familiar”

El proyecto de ley presentado por un diputado de Unión por la Patria busca que familiares y amigos que encubran activamente, puedan ser juzgados.

El diputado de Unión por la Patria (UxP) Guillermo Michel presentó un proyecto de ley que busca excluir la llamada “excusa absolutoria familiar” del Código Penal en caso de femicidios. ¿Qué es lo que propone el legislador?

El objetivo es que familiares, convivientes, amigos íntimos o personas cercanas sean penalmente responsables cuando realicen maniobras activas y deliberadas de encubrimiento destinadas a garantizar la impunidad del autor de un femicidio.

La legislación vigente exime de responsabilidad criminal a quienes hubieren obrado en favor del cónyuge o de un pariente cuyo vínculo no excediere el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad en el caso de un amigo íntimo o de una persona a la que se debiese especial gratitud.

Esto responde a una tradición jurídica que contempla el conflicto subjetivo o moral que pueden tener determinados vínculos familiares o afectivos cuando la Justicia pone la lupa en crímenes o delitos cometidos por parientes o amigos íntimos, por lo que los exime de pena.

Sin embargo, señala Michel, “la protección de los vínculos familiares no puede llegar al punto de neutralizar la obligación estatal de investigar, juzgar, y sancionar hechos que lesionan de manera irreversible la vida, la integridad, la dignidad y la libertad de las mujeres”.

“Allí donde el encubrimiento deja de ser una reacción familiar comprensible y pasa a convertirse en una contribución deliberada a la impunidad de un femicidio, el Estado debe contar con herramientas penales adecuadas para investigar y sancionar”, sostuvo en los fundamentos del proyecto.

No obstante, el diputado aclara que el proyecto de su autoría, que modifica el artículo 277, inciso 4° del Código Penal, “no penaliza la mera pasividad, el silencio ni la abstención de declarar” contra familiares o amigos íntimos, ni exige la obligación de denunciarlos en la Justicia.

Por el contrario, solamente se “penaliza el encubrimiento activo de femicidios y de delitos contra la vida cometidos en un contexto de violencia de género”.