La aclaración de Frigerio sobre el programa de asistencia

“No habrá discrecionalidad”, aseguraron desde el Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda.

El Gobierno anunció un Programa de Asistencia Financiera a Provincias y Municipios, que viene a reemplazar al Fondo Federal Solidario, y desde la cartera que dirige Rogelio Frigerio aclaró que “no habrá discrecionalidad”.

“No habrá discrecionalidad en el nuevo Fondo Sojero, el régimen de participación municipal de impuestos”, aseguraron desde el Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda, según consigna el diario Perfil. La aclaración llega después de publicada la resolución, que indica que la cartera puede “disponer la transferencia directa” de fondos a los municipios.

El Gobierno creó un programa que suplanta las erogaciones previstas en el Fondo Federal Solidario (FFS) para la ejecución de obras que ya estaban previstas y no fueron incorporadas a los presupuestos del corriente año.

“Habiendo eliminado el FFS atento a las nuevas circunstancias que presentaba el contexto internacional, la necesidad de acelerar la consolidación fiscal y evitar la generación de mayores desbalances, y en miras a brindar respuestas eficientes con la asignación de los recursos disponibles”, el Ejecutivo dispuso la creación del Programa de Asistencia Financiera a Provincias y Municipios.

La resolución, publicada hoy en el Boletín Oficial, precisa que “resulta necesario ponderar la situación de aquellas provincias, municipios y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que se encuentran ejecutando obras para cuyo financiamiento se contaba con los fondos provenientes del FFS, sin prever en su presupuesto vigente las partidas necesarias para afrontar los gastos que las mismas conllevan”.

“El monto total de fondos asignados al Programa de Asistencia Financiera a Provincias y Municipios será de 4.125.000.000 de pesos, los cuales se transferirán en cuatro cuotas iguales, mensuales y consecutivas”, agrega la resolución.

“Los fondos detallados en el párrafo anterior se distribuirán en proporción semejante a lo que se les destina a las provincias referidas en el artículo 1° de la presente medida y a la CABA de la coparticipación federal de impuestos de conformidad con lo previsto en la Ley N° 23.548 y sus modificatorias. En el caso de las provincias, el 50 por ciento del monto que se les transfiera en virtud de lo previsto en el presente artículo, se destinará a sus municipios, aplicando para su distribución el respectivo régimen de participación municipal de impuestos”, precisa.