Es oficial el bono de 5000 pesos para el sector privado

El 50 por ciento se abonará en diciembre y el otro 50 en enero. Puede ser contemplado como aumento a futuro y se establece la flexibilidad de plazos y montos.

El Gobierno oficializó el pago de  un bono de 5000 pesos para los trabajadores en relación de dependencia del sector privado. Se abonará la mitad en diciembre, corresponde a noviembre, y la otra en enero. El decreto establece cierta flexibilidad  en cuanto a montos y plazos.

El decreto 1043/2018, publicado hoy en el Boletín Oficial, estableció “a partir del 1 de noviembre de 2018, una asignación no remunerativa para todos los trabajadores en relación de dependencia del Sector Privado, que ascenderá” a 5 mil pesos. El 50% se pagará con los salarios de noviembre, “pagaderos en el mes de diciembre de 2018” y la otra mitad con los salarios de enero, lo que llegará a los trabajadores en febrero.

El texto aclara que “cuando la prestación de servicios fuere inferior a la jornada legal o convencional, los trabajadores percibirán la asignación en forma proporcional, de acuerdo a los mecanismos de liquidación previstos en el convenio colectivo aplicable”. “Las partes signatarias de los convenios colectivos de trabajo, representantes de los trabajadores y empleadores, en ejercicio de su autonomía colectiva, podrán adecuar la implementación de lo dispuesto en el presente decreto en materia de plazos y montos para aquellas actividades o sectores que se encuentren especialmente en crisis o declinación productiva”, apunta.

“Las partes signatarias de los convenios colectivos de trabajo que hubiesen pactado colectivamente un incremento sobre los ingresos de los trabajadores, en concepto de revisión salarial de la pauta oportunamente acordada en la negociación colectiva del año 2018, podrán compensar aquél aumento con la suma total de la asignación establecida en el artículo 1 del presente hasta su concurrencia, salvo que acuerden expresamente su no absorción”, apunta el decreto que lleva la firma del presidente Mauricio Macri.

Además, establece que “las partes signatarias de los convenios colectivos de trabajo podrán establecer que las sumas referidas en el artículo 1° del presente se computen hasta dicho monto, a cuenta de las sumas que pacten en concepto de revisión salarial de la pauta correspondiente a la negociación colectiva del año 2018”. “Los empleadores que hubiesen otorgado unilateralmente otros incrementos sobre los ingresos de los trabajadores a partir del 1 de enero de 2018, podrán compensarlos hasta su concurrencia con la suma total de la asignación establecida”, agrega, al tiempo que señala que “en los supuestos que se instrumenten, según corresponda, la incorporación, compensación o absorción salarial de la asignación establecida en el artículo 1° del presente decreto, la misma adquirirá carácter remunerativo”.

¿A quiénes no alcanza?

“Quedan excluidos de los alcances del presente decreto los trabajadores del sector público nacional, provincial y municipal, cualquiera sea su modalidad de vinculación y/o el régimen laboral aplicable. También se encuentran excluidos del presente decreto los trabajadores del Régimen de Trabajo Agrario, regulado por la Ley N° 26.727, y del Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares, regulado por la Ley N° 26.844, sin perjuicio de lo que puedan establecer los órganos competentes”, aclara la norma.

Despidos

La norma también contempla un “procedimiento previo de comunicación para despidos sin justa causa” hasta marzo del año próximo. “Establécese, hasta el 31 de marzo de 2019, un procedimiento por el cual los empleadores, antes de disponer despidos sin justa causa de trabajadores con contratos de trabajo por tiempo indeterminado, deberán comunicar la decisión al Ministerio de Producción y Trabajo con una anticipación no menor a 10 días hábiles previo a hacerla efectiva”, expresa.

La cartera, “de oficio o a petición de parte, podrá convocar al empleador y al trabajador junto con la asistencia gremial pertinente, a fin de celebrar las audiencias que estime necesarias para considerar las condiciones en que se llevará a cabo la futura extinción laboral”. “El incumplimiento de lo establecido en el presente capítulo dará lugar a la aplicación de las sanciones”, aclara. “Quedan excluidos del procedimiento el personal de la Industria de la Construcción, contratado en los términos de la Ley N° 22.250”, apunta.

Malestar

En cuanto a la mesa de diálogo tripartita entre gobierno, gremios y empresarios, desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa sostienen que los primeros interesados en instrumentar herramientas que fomenten al consumo son los comerciantes, pero alertó que “no todos los sectores pueden afrontar un bonode 5.000 pesos”.

El titular de la cámara alimenticia COPAL y vicepresidente de la Unión Industrial Argentina (UIA), Daniel Funes de Rioja, afirmó que “más del 60% de las empresas no podrán hacer frente al pago del bono” de 5.000 pesos, acordado entre el Gobierno y la CGT, a pagarse en dos cuotas, en noviembre y enero.