Los fundamentos de la condena a Julio De Vido

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El Tribunal Oral Federal N° 4, integrado por los jueces Pablo Bertuzzi, Néstor Guillermo Costabel y María Gabriela López Iñíguez, dio a conocer los fundamentos de la sentencia que condenó al ex ministro de Planificación Federal Julio Miguel de Vido a 5 años y 8 meses de prisión por el delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública.

De Vido había sido inhabilitado para ejercer cargos públicos de por vida, en tanto fue absuelto por el cargo de estrago culposo (art. 196, primer y segundo párrafo del Código Penal).

El ex ministro de Planificación se encuentra detenido desde octubre del año pasado, por la causa en la que se investigan irregularidades en la mina carbonífera de Río Turbio. Previamente y en una sesión especial, la Cámara de Diputados de la Nación aprobó su desafuero de Julio De Vido con 176 votos a favor y una abstención.

Por su parte, Gustavo Simeonoff, extitular de la Unidad de Renegociación y Análisis de Contratos de Servicios Públicos (UNIREN), fue absuelto en la misma causa.

El 22 de febrero de 2012 el tren chapa 16 impactó contra el andén de la estación Once, lo que provocó la muerte de 52 personas, por lo que los acusados habían sido condenados por estrago culposo.

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